¿Puede ser motivo de despido que un funcionario grabe tiktoks en una oficina pública y en su horario laboral?
La pregunta comenzó a surgir luego de que dos abogadas e integrantes de la ponencia del ministro Irving Espinoza Betanazo presentaron sus renuncias tras haber utilizado las instalaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para grabar un comercial de botanas para su difusión en redes sociales.
El video muestra a las trabajadoras de la Corte promocionando la marca de botanas Snack’in For You, para lo cual crearon una historia ficticia sobre el ‘estrés laboral’.
“La jefa no me dejó salir y le tuve que robar su botana”, dice una de ellas, para promocionar el producto.
Las imagenes causaron críticas en redes sociales por el uso indebido de las instalaciones del máximo tribunal y por haberse realizado dentro del horario laboral de las abogadas, mientras la Corte tiene inumberables asuntos y casos por resolver. ¿Qué dice la ley?
¿El “mal uso” de instalaciones públicas es una sanción grave o una sanción no grave?
La Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA) es la que regula la conducta de los servidores públicos, definiendo las faltas administrativas entre graves y no graves.
Sobre hacer un “mal uso de oficinas o instalaciones públicas”, esta legislación no utiliza dicha frase exacta, sino que conceptualiza el uso de la infraestructura, los bienes y los espacios públicos bajo los términos jurídicos de custodia de bienes (para faltas no graves) y recursos materiales (para faltas graves).
Si un servidor público, o en este caso, una abogada de una ponencia de la SCJN usa las instalaciones donde trabaja de forma negligente, descuidada, o violando los reglamentos de seguridad internos, se aplicará el Artículo 49, fracción V de la LGRA.
¿Cómo se castiga esta falta?
Las sanciones aplicables a las conductas del Artículo 49 (que clasifica las Faltas Administrativas No Graves) están reguladas de manera directa en el Artículo 75 de la misma Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA).
Para este tipo de faltas, las sanciones van desde un llamado de atención por escrito hasta la inhabilitación para trabajar en el gobierno. Estas son:
- Suspensión del empleo, cargo o comisión: Consiste en separar al abogado de sus funciones sin goce de sueldo. El periodo permitido para faltas no graves va de 1 a 30 días naturales.
- Destitución de su empleo, cargo o comisión:Se da la terminación definitiva de la relación laboral. El funcionario pierde su plaza de inmediato.
- Inhabilitación temporal: Se le prohíbe trabajar en cualquier dependencia del servicio público (federal, estatal o municipal), así como participar en adquisiciones o contratos públicos. El periodo no será menor de 3 meses ni mayor de 1 año.
Es importante mencionar que cada institución pública tienes sus reglamentos internos y acuerdos para el uso de sus instalaciones.
SCJN se deslinda de abogadas que grabaron TikToks
Debido a la polémica generada, la SCJN se deslindó de ambas abogadas y dijo que investiga el caso.
“Ni el Alto Tribunal ni el ministro Irving Espinosa Betanzo, titular de la ponencia donde laboraban las personas que aparecen en el video, autorizaron que las instalaciones fueran utilizadas para actividades de comunicación ajenas a las funciones oficiales de la Suprema Corte”, indicó en un comunicado..
Añadió que la difusión del comercial se realizó a título estrictamente personal y “no representa, respalda ni constituye una actividad institucional de este Máximo Tribunal”.
Tras las primeras elecciones judiciales de la historia realizadas en 2025, en las que se renovó la integración de la Suprema Corte en su totalidad, el escrutinio público ha aumentado hacia el máximo órgano de impartición de justicia.
Por ello, indicó que se les solicitó a las personas involucradas, de las que no reveló su identidad, el retiro inmediato del material de plataformas digitales, a lo que accedieron.
La SCJN instruyó la revisión de los hechos correspondientes a fin de determinar si existió el uso indebido de espacios, tiempo laboral, mobiliario o recursos institucionales.
“Sumado a ello, las personas presentaron su renuncia con efectos inmediatos y con carácter irrevocable”, apuntó.







