Los audios en los que Marina del Pilar, gobernadora de Baja California, dice estar dispuesta a compartir información con presuntos agentes estadounidenses sobre lo que escucha en las mesas de seguridad desataron una discusión sobre si existía algún delito que investigar.
Ricardo Anaya, senador del PAN, afirmó que el caso debería investigarse, pues sostuvo que en la llamada se escucha a la mandataria ofrecer detalles tratados en esas reuniones a cambio de obtener un beneficio personal.
“Obtener información confidencial del gobierno, del Estado mexicano en mesas de seguridad en donde ella tiene derecho a asistir para entregarla a un gobierno extranjero para obtener un beneficio personal de impunidad por delitos que pudo haber cometido”, dijo el 15 de julio.
En contraste, Omar García Harfuch, secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, descartó la necesidad de investigar las declaraciones de Marina del Pilar, al considerar que “no se infiere ningún tipo de delito en la llamada”.
No se conoce con precisión el alcance de las presuntas negociaciones entre Marina del Pilar y supuestos agentes de Estados Unidos para solucionar el problema de visado que enfrenta desde el año pasado.
Las declaraciones de la gobernadora, por sí solas, no serían suficientes para acreditar la comisión de un delito. Sin embargo, corresponde a las autoridades esclarecer los hechos y determinar si existe alguna responsabilidad.
¿Qué dice el Código Penal sobre compartir información confidencial?
Aunque las posturas son opuestas, el Código Penal Federal contempla sanciones para conductas relacionadas con el espionaje.
En particular, revelar información confidencial o documentos a un gobierno extranjero constituye un delito que puede castigarse con años de prisión y una multa de hasta 50 mil pesos.
“Se aplicará la pena de prisión de cinco a veinte años y multa hasta de cincuenta mil pesos al mexicano que, teniendo en su poder documentos o informaciones confidenciales de un gobierno extranjero, los revele a otro gobierno, si con ello perjudica a la Nación Mexicana”, se lee en el artículo 128 del Código Penal.
Además, el delito de traición a la patria contempla sanciones para quienes “oculte o auxilie a quien cometa actos de espionaje, sabiendo que los realiza” o para quien “realice actos contra la independencia, soberanía o integridad de la Nación mexicana”.
“Se impondrá la pena de prisión de cinco a cuarenta años y multa hasta de cincuenta mil pesos al mexicano que cometa traición a la patria”, se lee en el artículo 123 del Código Penal.
Lo anterior no significa que Marina del Pilar hubiera cometido algún delito. Corresponde a las autoridades investigar los hechos, determinar si existe alguna conducta ilícita y, en su caso, imponer las sanciones previstas en la ley.







