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Buenas noticias: SAT amplía plazo para cancelar CFDI de años anteriores

Además, podrás realizar algunos otros trámites sin tu e.firma.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) en ocasiones causa dolores de cabeza a las y los contribuyentes. Sin embardo, dio a conocer una buena noticia: amplió de septiembre a diciembre de este año el plazo para que las personas cancelen comprobantes fiscales digitales por internet, mejor conocidos como (CFDI), de años anteriores.

Y si eres del grupo de personas que no ha podido actualizar su e.firma, podrás (temporalmente) emitir facturas electrónicas a través del portal del SAT.

Por tanto, las y los contribuyentes podrán corregir facturas electrónicas y recibos de nómica que tengan errores.

¿Qué pasa si no entregas la constancia de situación fiscal del SAT en tu empleo?

Ya pasó la temporada de declaraciones anuales de personas físicas y morales. Sin embargo, otro requisito que debes cumplir es entregar tu Constancia de Situación Fiscal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en tu centro trabajo.

Y es que las áreas de recursos humanos han comenzado a solicitar el documento porque el SAT actualizará el Código Postal que registraste en tu RFC.

Pero, ¿qué pasa si no entregas el documento en tiempo y forma? Te tenemos malas noticias, ya que recursos humanos no podrá timbrar tus recibos de nómina y por lo tanto no podrás cobrarla.


Debes tramitar la constancia de situación fiscal antes del 1 de julio y entregarla al área de recursos humanos de tu empleo.

La constancia de situación fiscal es un documento expedido por el SAT. Este contiene información de RFC y cédula de identificación fiscal.

Reparto de utilidades 2022: esta es la fecha límite para que las empresas paguen

El SAT advierte que el 30 de mayo es la fecha límite para que las empresas realicen el reparto de utilidades 2022.

Advierte que si el empleador obligado no paga el reparto de utilidades, los trabajadores deben presentar su denuncia en: inspeccionfederal@stps.gob.mx.

“El reparto de utilidades es un derecho establecido en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, regulada por la Ley Federal del Trabajo, la cual indica que todos los trabajadores de planta o eventuales, tienen derecho al reparto de utilidades”, destaca.

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