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¿Cuándo acaba la concesión de Telmex y puede AMLO quitársela? El IFT lo aclara

El regulador recuerda es su facultad exclusiva otorgar y prorrogar concesiones, y que la solicitud de prórroga de Telmex ya fue resuelta y no hay posibilidad de negarla.

El regulador en telecomunicaciones le corrigió la plana al presidente Andrés Manuel López Obrador sobre América Móvil y la concesión de su unidad Telmex.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) precisó en un comunicado que en estricto apego a la Constitución es facultad exclusiva del regulador otorgar y prorrogar las concesiones de los servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión.

Argumentó además que conforme a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), el pleno del órgano autónomo resolvió desde diciembre de 2016 aprobar la solicitud de la prórroga de concesión presentada por Telmex, otorgándola por una vigencia de 30 años, tras acreditar que se cumplieron los supuestos previstos en la ley para el procedimiento.

Agregó que conforme lo dispone el marco legal vigente desde la reforma constitucional de 2014 en telecomunicaciones y de radiodifusión, para el otorgamiento de la prórroga a Telmex se contó con la opinión técnica no vinculante del Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).

Indicó que en su resolución se estableció que será hasta el primer trimestre de 2023 cuando el instituto entregue a la empresa el título de concesión que corresponda, una vez que se determinen las condiciones técnico-regulatorias a las que quedará obligada, y que serán resueltas exclusivamente por el IFT.

Expuso que la decisión se tomó al considerar que, ante el dinamismo del mercado de las telecomunicaciones y el hecho de que Telmex está sujeta a una regulación asimétrica por ser parte del Agente Económico Preponderante en el sector de las telecomunicaciones (América Móvil), en 2016 no podría preverse la evolución de la prestación de servicios, las condiciones del mercado y los efectos que generaría la regulación asimétrica en los siguientes años.

Destacó que el proceso para determinar el otorgamiento de la prórroga de la concesión estuvo apegado a lo establecido en la ley en tiempo y forma.

El instituto recibió la solicitud de prórroga el 7 de marzo de 2016, es decir, dentro del año previo al inicio de la quinta parte de la vigencia de la concesión, conforme lo prevé la LFTyR.

“De esta manera, en aras de abonar a la certeza jurídica en el sector de las telecomunicaciones, se hace pertinente dejar claro que lo expresado por el C. Presidente no corresponde a los hechos ni al marco legal aplicable, toda vez que la solicitud de prórroga ya fue resuelta y no hay posibilidad de negarla, por lo que lo único que está pendiente es la entrega del título de concesión, previo establecimiento de condiciones por el IFT”, manifestó.

El IFT agregó que es un órgano técnico, con autonomía constitucional, “que lo aleja de decisiones de carácter político”, y que actúa siempre “con absoluto respeto de las facultades y el trabajo de otras autoridades”.

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