CDMX

Ernestina Godoy: ¿Quién tomará su lugar en la Fiscalía de la CDMX? Estos son los requisitos

Morena y sus aliados no lograron obtener la mayoría calificada en el Congreso de CDMX para ratificar a Ernestina Godoy como fiscal capitalina.

El Congreso de la Ciudad de México bateó este lunes la ratificación de Ernestina Godoy como titular de la Fiscalía General de Justicia de la CDMX, por lo que en las próximas horas deberá ceder su puesto a un encargado de despacho.

El periodo de Ernestina Godoy termina oficialmente este martes 9 de enero de 2024 y, al no ser ratificada, Oliver Ariel Pilares Viloria -coordinador general de Investigación Territorial de la fiscalía- fungirá como encargado de despacho en la dependencia, tal como lo indica el artículo 46 de la Ley Orgánica de la Fiscalía.

Oliver Pilares se mantendrá en el cargo hasta que el Congreso de la Ciudad de México realice las gestiones necesarias para designar al sustituto de Godoy.

A partir del 10 de enero, el Consejo Judicial Ciudadano deberá formar una terna con los aspirantes mejor calificados.

Una vez lograda la terna, se le enviará al jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres, quien propondrá a quien considere la mejor opción para que posteriormente el Congreso vote por la mejor opción.

La o el aspirante a la titularidad de la fiscalía de la CDMX deberá obtener la mayoría calificada en el Congreso; es decir, 44 de los 66 votos posibles, y en caso de que no lo logre, deberá realizarse el proceso nuevamente para que se consolide una opción.


Requisitos para ser titular de la Fiscalía de la CDMX

De acuerdo con el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia capitalina, para ser titular de la dependencia se requiere que al momento de su designación cumpla con los siguientes requisitos:

  • Tener ciudadanía mexicana
  • Tener cuando menos 35 años de edad
  • Contar con título y cédula de licenciatura en derecho, con experiencia mínima de 5 años
  • No haber sido condenada por delito doloso
  • Someterse y acreditar en los términos de la ley, las evaluaciones y certificación de confianza
  • Presentar y hacer pública, en los términos de la ley su declaración patrimonial, fiscal y de intereses
  • No haber desempeñado un cargo de elección popular, o cargo de dirección de un Partido Político, un año previo


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