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SCJN ‘cierra la puerta’ a que los gobiernos municipales puedan usar casas abandonas

La SCJN determinó que los municipios no pueden quedarse con inmuebles abandonados ni usarlos sin un proceso legal.

La SCJN prohibió a los municipios usar inmuebles abandonados.
La SCJN prohibió a los municipios usar inmuebles abandonados. (Pedro Anza)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) puso un límite claro a los municipios: no pueden quedarse con casas o terrenos abandonados para usarlos como consideren.

La decisión surge a partir de un caso en Hermosillo, Sonora, donde el gobierno municipal aprobó un reglamento para declarar propiedades en abandono y darles uso, incluso asignarlas a otras personas o destinarlas a servicios públicos.

El tema llegó a la Corte luego de una controversia promovida por el Congreso local. El punto central fue definir si un ayuntamiento puede tomar control de un inmueble privado sin seguir el proceso legal de expropiación.

Con su resolución, la SCJN estableció que esa práctica afecta el derecho de propiedad y rebasa las facultades de los municipios.

Municipios quitan casas abandonadas y las ofrecen a terceros

Las reglas establecidas por Hermosillo autorizaban a la autoridad a prestar o asignar inmuebles a terceros, así como utilizarlos para servicios públicos. La Corte determinó que eso equivale a tomar posesión del bien.

Según la resolución, esa acción impacta directamente el derecho de los dueños sobre su propiedad.

¿Por qué la Corte considera ilegal tomar casas abandonadas?

La SCJN sobre propiedad privada explicó que los municipios sí pueden identificar inmuebles abandonados, pero no pueden quedarse con ellos ni decidir su uso.

Para hacer eso existe la expropiación, un proceso legal que solo pueden llevar a cabo los gobiernos estatales. Este procedimiento incluye notificar al propietario, darle derecho a defenderse y pagar una indemnización.

La Corte concluyó que el reglamento iba más allá de lo permitido por la ley.

¿Qué permite la ley de apropiación de inmuebles?

El fallo permite a los municipios seguir declarando inmuebles en abandono para fines de orden urbano. Sin embargo, no pueden ocuparlos ni asignarlos a otras personas.

Durante la discusión, ministros como Giovanni Figueroa defendieron eliminar solo las partes que permitían tomar posesión. Otros, como María Estela Ríos, propusieron invalidar todo el reglamento. Lenia Batres apoyó mantener algunas medidas relacionadas con el orden urbano.

La decisión fija un criterio: el derecho de propiedad no puede limitarse sin un proceso legal completo.

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