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CRT aprueba lineamientos sobre derechos de las audiencias, pero reduce su intervención

La CRT explicó los lineamientos sobre derechos de las audiencias y destacó que las decisiones editoriales son responsabilidad de los medios.

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Norma Solano, comisionada presidenta de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), ofreció detalles y aclarar los puntos controversiales respecto a los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias. (Lucía Flores)

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó los lineamientos generales sobre los derechos de las audiencias, pero decidió acotar su intervención sólo cuando se incumplan los procedimientos de atención a quejas, además de asegurar que no revisará contenidos, decisiones editoriales, ni determinará qué noticias son verdaderas o falsa.

“La CRT no revisa contenidos y las decisiones editoriales de los programas son responsabilidad de los medios, conforme a sus propios principios, valores y criterios”, aseveró.

La aprobación de las reglas se da en un contexto de debate sectorial, donde organismos como la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI), la Asociación de Internet MX (AIMX) y la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA), han emitido alertas sobre los potenciales riesgos que el cuerpo normativo podría representar.

De acuerdo con la funcionaria, se hicieron ajustes a la intervención de la CRT, por ejemplo, en el tema de Libertad de expresión, contenido en el Artículo 12 del reglamento, donde se eliminó el elemento de no “difundir información falsa y descontextualizada” a fin de evitar especulaciones sobre atentar contra el libre ejercicio informativo.


“Se precisó para que las concesionarias de TV abierta, radio y de TV y audio de paga, adoptarán medidas para preservar la pluralidad y veracidad de la información, debiéndose apegar a los criterios editoriales y valores que establezcan en sus códigos de ética para el tratamiento de información noticiosa”, detalló Norma Solano.

Asimismo, la comisionada presidenta precisó que se modificaron los artículos correspondientes al procedimiento de queja, por lo que se eliminó parte del texto en el que se establecía que la CRT tenía la facultad de intervenir en cualquier momento a solicitud de los ciudadanos, así como determinar castigos a las empresas audiovisuales en caso de considerar una falta.

“Con esta modificación que hicimos, la Comisión sólo podrá intervenir a solicitud de las audiencias, sólo cuando no se cumpla con el procedimiento de atención a quejas (…) Para nosotros lo más importante es dejar de lado las especulaciones sobre que estamos atentando contra la libertad de expresión”, agregó Norma Solano a El Financiero.

La presidenta de la CRT aclaró además que los lineamientos establecen que el público tendrá siete días para presentar una inconformidad ante la Defensoría de las Audiencias, de tal manera que podrá solicitar información a la empresa comercial y, si considera que existió una vulneración, emitirá recomendaciones para que la compañía resuelva en un máximo de 20 días naturales.

Los concesionarios también deberán contar con defensorías y códigos de ética, además de mecanismos para distinguir publicidad de contenido noticioso e identificar espacios donde se mezclen información y opinión.

“La consulta se realizó del 27 de julio al 21 de agosto de 2026; en este periodo, recibimos 8 mil 89 participaciones del sector, de las cuales el 94.7 por ciento fueron puntos de vista y sólo el 5.3 por ciento fueron propuestas, las cuales agradecemos mucho”, afirmó la comisionada presidenta, Norma Solano, en conferencia de prensa.

Recientemente, la Asociación de Internet MX (AIMX) advirtió que la Ley dejaba espacios abiertos para las decisiones discrecionales y que eran incompatibles con la libertad de expresión.

“El proyecto contiene diversos conceptos jurídicos indeterminados que, sin criterios técnicos objetivos, pueden producir incertidumbre regulatoria y abrir espacios para decisiones discrecionales incompatibles con los estándares constitucionales y convencionales de libertad de expresión”, señaló la AIMX en su posicionamiento.

Incluso, la AIMX afirmó que el proyecto establece que sus disposiciones no podrán utilizarse para restringir la libertad de expresión ni constituir censura previa. Sin embargo, la efectividad de esta salvaguarda dependerá de cómo se interpreten conceptos como “veracidad” y “diligencia editorial”, pues la ambigüedad puede generar incentivos para la autocensura.

“Ante la incertidumbre sobre los criterios para evaluar contenidos periodísticos, los medios podrían optar por evitar información controvertida o determinados temas. Para reducir ese riesgo, es necesario incorporar una regla que establezca que, ante cualquier duda sobre una obligación editorial, prevalezca la interpretación más favorable a la libertad de expresión e independencia editorial”, añadió la Asociación en su posicionamiento.

Ante estas posturas, Solano Rodríguez descartó que las disposiciones legales busquen interferir en la labor informativa o censurar contenidos. “La CRT no revisa contenidos ni toma decisiones editoriales de los medios, por lo que los lineamientos no implican una intervención en la libertad de expresión”, concluyó la funcionaria.

Por otra parte, recientemente la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) advirtió que los nuevos lineamientos sobre los derechos de las audiencias no debían transformarse en mecanismos de control editorial ni otorgar facultades que permitan a las autoridades intervenir en la valoración del contenido informativo.

“La mejor protección de las audiencias no proviene de un Estado que decide por ellas, sino de ciudadanos capaces de decidir por sí mismos. Las democracias sólidas se construyen sobre la confianza en los ciudadanos, la pluralidad de voces, la certeza jurídica y el respeto irrestricto a las libertades fundamentales. Ninguna autoridad puede sustituir el juicio libre de una sociedad democrática”, dijo Armando Zúñiga Salinas, vicepresidente nacional de Comunicación de Coparmex.

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