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Pensión por orfandad del IMSS: ¿Cuáles son los requisitos para tramitarla?

Conoce las disposiciones generales del IMSS para otorgar una pensión a las y los hijos de trabajadores fallecidos que se puede extender hasta los 25 años.

Las hijas e hijos de trabajadores asegurados o pensionados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pueden tramitar una pensión de orfandad en caso de que su familiar llegue a perder la vida.

Esta pensión aplica para los menores de edad hasta los 16 años, aunque puede extenderse hasta los 25 años en caso de que estudien.

Para poder acceder a la pensión de orfandad, el IMSS pone una serie de requisitos, mismos que deben estar vigentes antes de la muerte del trabajador.

Una vez que se logra acceder al beneficio, las y los hijos del fallecido podrán tener un porcentaje del 25 por ciento de la pensión total que correspondería al trabajador. En el caso de que la persona menor perdiera a ambos padres, la pensión aumenta al 50 por ciento.

Requisitos para tramitar la pensión de orfandad del IMSS

  • Que el trabajador asegurado tenga mínimo 150 semanas de cotización en el IMSS antes de fallecer, encontrándose vigente en sus derechos.
  • Tratándose del Seguro de Riesgos de Trabajo, no se requiere de dicho período de cotización.
  • Se debe acreditar el vínculo filial con el asegurado o pensionado fallecido.
  • Es necesario acreditar la edad de la hija o hijo que recibirá la pensión.
  • Tratándose del fallecimiento del asegurado, derivado de un riesgo de trabajo, se requiere el Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, expedido por los Servicios Médicos Institucionales, mismo que será proporcionado por éstas mismas dependencias.
  • Si el asegurado fallecido gozaba de una pensión de incapacidad permanente y muere por causa distinta a un riesgo de trabajo, será necesario acreditar un mínimo de 150 semanas de cotización y que hubiese causado baja del Régimen Obligatorio.

Quiénes pueden tramitar una pensión de orfandad del IMSS

De acuerdo con la página web del Instituto Mexicano del Seguro Social, hay tres modalidades en las que se puede tramitar una pensión de orfandad:

  • Pensión hasta los 16 años de edad.
  • Pensión para mayores de 16 a 25 años en caso de que se encuentren estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional, siempre que no sean sujetos del Régimen Obligatorio del Seguro Social.
  • Pensión para mayores de 16 años que no puedan mantenerse por trabajo propio debido a alguna enfermedad crónica, defecto físico o psíquico, hasta en tanto no desaparezca la incapacidad que padece.

Documentos necesarios para tramitar la pensión de orfandad del IMSS

Del fallecido:

  • Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de internet de la AFORE que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la AFORE.
  • Acta de nacimiento.
  • Acta de defunción.

De la hija o el hijo:

  • Identificación Oficial con fotografía y firma.
  • Documento que acredite la personalidad con la que se ostente.
  • Documento expedido por institución bancaria.
  • Acta de nacimiento.
  • En el caso de los mayores de 16 que quieren la pensión y estudian, se necesita una constancia de estudios que acredite su inscripción al ciclo escolar del que se trate.

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