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‘Ley Elena’ entra en vigor en Puebla: Zoofilia y maltrato animal se castigarán con cárcel

Con esta medida se castigará hasta con ocho años de cárcel a quienes maltraten animales, esto en honor a la lucha de Elena Larrea y colectivos.

Tras la muerte de la activista Elena Larrea, el gobierno de Puebla lanzó un decreto en el Periódico Oficial en el que establecen su compromiso con el cuidado de los animales, esto mediante una serie de reformas a la Ley del Bienestar Animal del Estado.

La medida fue anunciada la noche de este jueves 21 de marzo por el gobernador Sergio Salomón, quien aseguró que “es fundamental reconocer la labor incansable de Elena Larrea y la contribución de muchos colectivos para que esto fuera posible.”

Elena Larrea, quien encabezaba Cuacolandia, falleció el martes 19 de marzo a causa de una trombosis, misma que se complicó debido a la originación de un coágulo en el pulmón. Su muerte trascendió a nivel nacional debido a la fama que tenía como protectora de los animales, además de los mensajes que transmitía en plataformas como TikTok.

En días recientes se popularizó la consigna Ley Elena, con motivo de que la zoofilia se tipifique en Puebla y a nivel nacional. Cabe señalar que la iniciativa ya se había aprobado en la entidad pero no había entrado en vigor, hasta este jueves.

Con el decreto en el Periódico Oficial, las modificaciones a la ley finalmente entraron en vigor, esto luego de la movilización de colectivos y organizaciones protectoras de los animales en honor a Elena Larrea.

¿Qué contiene la Ley Elena para la protección de los animales?

El acuerdo con el que se modifican y añaden disposiciones a la Ley de Bienestar del Estado de Puebla, ahora conocida como la Ley Elena, incluye decenas de puntos con los que se protege la dignidad animal, además de que se tipifican diferentes delitos.

Estos son algunos de los puntos destacados:

  • Las personas que realicen actos de maltrato o crueldad hacia animales recibirán sanciones de 10 meses a cuatro años de prisión, y si la víctima muere la sanción va de cinco a ocho años.
  • Si los delitos son con armas de fuego o explosivos, las sanciones incrementarán dos tercios.
  • Si se incurre en el delito de zoofilia, las sanciones van de dos a cuatro años de prisión adicionales.
  • Se impondrán de dos a cuatro años de prisión a quienes secuestren o usen a los animales para extorsionar.
  • Todo animal en Puebla es identificado como “ser vivo pluricelular, sintiente, constituido por diferentes tejidos, con un sistema nervioso especializado que le permite moverse y reaccionar de manera coordinada ante estímulos.”
  • Se identifica como animales abandonados a “aquéllos que deambulen libremente sin método de identificación, así como aquéllos que habiendo estado bajo el cuidado del ser humano, queden sin el cuidado de sus propietarios o poseedores, o que estando bajo el cuidado de los mismos, éstos no les provean de las necesidades básicas que garanticen su bienestar.”
  • Se identifica como crueldad animal a “todo acto intencional de violencia que produzca daño, sufrimiento, lesiones o la muerte de un animal, entre los que se encuentran, de forma enunciativa más no limitativa, los actos sexuales, abandono, tortura, mutilación, incendio, asfixia, ataques con ácido, con objetos punzocortantes, con armas de fuego, uso de pirotecnia o explosivos, suministro de alcohol, veneno, drogas sin fines veterinarios, vivisección, experimentación ilícita, azuzar a otros animales para atacar y la sobre explotación de su trabajo.”
  • Las autoridades están obligadas a “destinar el presupuesto suficiente, de acuerdo a su capacidad financiera para crear, instalar, administrar, regular y operar los Centros de Bienestar Animal.”
  • También, las autoridades deben promover una cultura de respeto hacia los animales, así como la protección y el bienestar.
  • Los infractores de la ley deben recibir atención psicológica y/o pedagógica para concientizar para mejorar su actitud frente a los animales.
  • Atender casos de crueldad animal, así como hacer visitas de inspección en sitios donde se hayan reportado casos.
  • También se deberá brindar albergue a todos los animales involucrados en casos de crueldad.
  • Se considerará como infracción “la realización de trabajos, horarios o actividades que sobrepasen su fuerza o capacidad”, así como “la práctica de conductas sexuales con animales.”
  • Los castigos también aplican para personas que abandonen animales o los dejen amarrados en azoteas y encadenados por tiempo prolongado.
  • También será infracción las pruebas en animales para la fabricación de cosméticos que no estén reguladas por la Ley General de Salud.
  • Los animales tampoco podrán ser premios u obsequios en ferias ni eventos públicos.
  • No podrán dejarse solos dentro de autos expuestos a calor o frío, ni ser sometidos a entrenamientos forzados para realizar ciertas actividades que le arriesguen a sufrimiento o maltrato.

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