Elecciones 2021

Hoy inician los cómputos distritales de las elecciones 2021, pero, ¿y qué son?

Este proceso comienza a las 8:00 horas de este miércoles y deben concluir a más tardar el próximo sábado 12 de agosto.

Este miércoles, el Instituto Nacional Electoral (INE) comienza la que es la tercera etapa del proceso electoral: los cómputos distritales.

Este proceso da inicio el miércoles siguiente al día de la elección y consiste en la suma de los resultados anotados en las actas de escrutinio y cómputo que provienen de las casillas en cada distrito electoral.

Los cómputos distritales se hacen en presencia de los representantes de los partidos políticos (y de candidaturas independientes, en caso de que las hayan) y son llevados a cabo por los consejos distritales.

¿Cuándo inician y terminan?

Comienzan a partir de las 8:00 horas de este miércoles y deben concluir, a más tardar, el próximo sábado 12 de junio.

¿En este proceso es donde aplica el ‘voto por voto’?

Efectivamente. El INE detalla que se podrá realizar el conteo total o parcial de votos si se reúnen ciertas condiciones.

Por ejemplo, el recuento total de votos se realizará si:

-Al inicio de la sesión del Consejo Distrital, existe el indicio de que la diferencia entre el presunto ganador de la elección y el que obtuvo el segundo lugar es igual o menor a un punto porcentual y el representante del partido político que postuló al candidato que obtuvo el segundo lugar lo solicite.

-Cuando al finalizar el cómputo de la elección se observe que la diferencia entre el presunto ganador y el segundo lugar es igual o menor a un punto porcentual y el representante del partido político que postuló al candidato que obtuvo la segunda posición lo solicite.

Por otra parte, se procederá a realizar el recuento parcial de votos cuando:

-No coincidan los resultados del acta de escrutinio y cómputo del expediente de casilla con los resultados del acta que esté en poder del presidente del Consejo Distrital o de los representantes de los partidos políticos.

-Se detecten alteraciones evidentes en las actas que generen duda fundada sobre el resultado de la elección en la casilla.

-No exista el acta de escrutinio y cómputo en el expediente de la casilla ni obre en poder del presidente del Consejo Distrital.

-Existan errores o inconsistencias evidentes en los distintos elementos de las actas, salvo que puedan corregirse o aclararse con otros elementos, a satisfacción plena de quien lo haya solicitado.

-El número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre los candidatos ubicados en el primero y el segundo lugares de la votación.

-Todos los votos depositados hayan sido a favor de un mismo partido político.

Los cómputos distritales darán los resultados definitivos de la elección del pasado 6 de junio.

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