Economía

¿Es buena idea que SAT pida RFC a todos los ciudadanos?

La Coparmex llama a los legisladores a escuchar a todas las partes involucradas en los ajustes antes de aprobarlos.

La Miscelánea Fiscal para 2022 implica al menos 200 cambios en el código fiscal y otras leyes, que preocupan al sector privado ante el riesgo de que el contribuyente resulte afectado por el objetivo de las autoridades hacendarias de tener mayor control, señaló la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), por lo que llama a los legisladores a escuchar a todas las partes involucradas antes de aprobarla.

Respecto al Código Fiscal de la Federación, preocupa que el SAT sea quien determine la “razón de negocios”, o se le den facultades para que sea quien decida la “simulación de actos”, toda vez que esta última abre la posibilidad de darle consecuencias penales a su determinación.

“De acuerdo con el análisis realizado por las comisiones de trabajo de Coparmex detectamos modificaciones que afectan la actividad económica formal, como la que establece la facultad del SAT a rechazar la solicitud de Firma Electrónica Avanzada o de ‘Certificado de Sello Digital’, donde se eliminan los supuestos para utilizar el procedimiento de aclaración en caso de suspensión y se incrementan en los casos en que procederá su cancelación de manera directa. Además, se aumentan los supuestos para restringir temporalmente el certificado”, explicó el sindicato patronal en su posicionamiento.

Por lo que hace al “Registro Federal de Contribuyentes” y la obligación de que las personas mayores de edad se registren aún, cuando no tengan ingresos, de acuerdo con el organismo empresarial, hace pensar que la medida únicamente busca un mayor control por parte de las autoridades, ya que el motivo principal de la inscripción es la generación de ingresos por los cuales se debe realizar el pago de impuestos.

En cuanto a la limitante de 12 meses que pretende aplicarse a la duración de los “Acuerdos Conclusivos”, la Coparmex considera que mientras exista el ánimo de las partes para resolver las auditorías a través de este mecanismo, no existe razón justificada para limitar la temporalidad de una herramienta que ha resultado viable tanto para el fisco como para el contribuyente.

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