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Suprema Corte avala aplicación del IVA a comida para mascotas

Ministros de la Suprema Corte señalaron que no hay excepción para ningún tipo de alimento para animales, ni siquiera para el caso de los equinos.

Ministros de la Suprema Corte declararon constitucional la reforma a la ley tributaria que, a partir de enero de 2014, eliminó la tasa cero de IVA a los alimentos procesados para animales, entre ellos mascotas domésticas.

Por ello, consideraron que la venta de dichos productos debe ser gravada con un impuesto del 16 por ciento.

Con esta decisión, los ministros resolvieron, por cuatro votos contra uno, negar un amparo a la cadena Wal-Mart de México, quien alegó la inconstitucionalidad de la reforma de 2014 que eliminó la tasa cero de IVA para dichos productos.

"La voluntad legislativa de conceder el beneficio de la tasa cero, buscó en todo momento favorecer la producción y enajenación de los productos destinados a la alimentación humana, sin que en momento alguno la alimentación animal haya sido materia del referido trato preferencial", dijeron los ministros.

Explicaron que no hay excepción para ningún tipo de alimento para animales, ni siquiera para el caso de los equinos, como alegó la trasnacional.

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