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Avanza en comisiones de San Lázaro nueva ley para las Fuerzas Armadas

El dictamen, que ha sido cuestionado por la oposición y sociedad civil, pretende regular la actuación del Ejército en tareas de seguridad pública

CIUDAD DE MÉXICO.- Con 18 votos a favor del PRI, PVEM y Nueva Alianza, y 13 en contra del PAN, PRD, MC y Morena, la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados avaló el proyecto de una Ley de Seguridad Interior para dotar a las Fuerzas Armadas de un nuevo marco legal, que regula su actuación en tareas de seguridad pública y el combate a la delincuencia.

Entre duros reclamos de la oposición, por considerar que se trata de una ley "altamente riesgosa para los derechos humanos de los ciudadanos", el dictamen aprobado incluyó seis iniciativas propuestas por el PRI, PAN, PRD y MC.

El proyecto de decreto de la ley –que pasará al pleno de los 500 diputados esta misma tarde- establece, en su artículo 8, que "las movilizaciones de protesta social o las que tengan un motivo político-electoral que se realicen pacíficamente de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo ninguna circunstancia serán consideradas como amenazas a la Seguridad Interior, ni podrán ser materia de declaratoria de protección a la seguridad interior".

También, ante las críticas de que se trata de una legislación que busca "mantener de manera indefinida al Ejército en las calles", se precisa, en el artículo 15, que "la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior deberá fijar la vigencia de la intervención de la Federación, la cual no podrá exceder de un año. Agotada su vigencia, cesará dicha intervención, así como las acciones de seguridad Interior a su cargo".

Sin embargo, se aclara que "las condiciones y vigencia de la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior podrán modificarse o prorrogarse, por acuerdo del Presidente de la República, mientras subsista la amenaza a la Seguridad Interior que la motivó, y se justifique la continuidad de las acciones de seguridad interior. Las modificaciones y prórrogas deberán notificarse y publicarse, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de la presente Ley".

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