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Nuevo código de ética de Función Pública pide a funcionarios no bloquear a ciudadanos en redes

Además, el nuevo código prohíbe a los trabajadores de gobierno realizar o tolerar actos de hostigamiento y acoso sexual.

La Secretaría de la Función Pública (SFP) difundió este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el nuevo Código de Ética de la Administración Pública Federal, en el que se prohíbe a todos los servidores públicos bloquear a los ciudadanos de sus redes sociales, recibir cualquier tipo de regalo u obsequio y realizar o tolerar actos de hostigamiento y/o acoso sexual.

Los lineamientos de este documento deben cumplirse, sin excepción, por todas las personas que desempeñen un empleo o cargo en las dependencias y entidades gubernamentales, en cualquiera de sus niveles jerárquicos, incluyendo al personal de base y sindicalizado. Es decir, desde el Presidente de la República hasta personal de ventanilla o archivo en ISSSTE, IMSS o presidencia municipal.

De acuerdo a la SFP, por primera vez, el código establece el respeto a los derechos humanos como principio y eje fundamental del servicio público, incorpora el concepto de igualdad de género en lugar del de equidad y regula nuevas temáticas, como el acoso laboral, la agenda de cuidados y el uso de redes sociales.

“Los Derechos humanos son el eje fundamental del servicio público, por lo que todas las personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión en las dependencias y entidades, conforme a sus atribuciones y sin excepción, deben promover, respetar, proteger y garantizar la dignidad de todas las personas”, indica el nuevo Código de Ética.

¿Qué tienen prohibido hacer los servidores públicos?

De los artículo 5 al 17 del nuevo Código de Ética de la Administración Pública Federal se detallan las conductas que los servidores públicos deber evitar, entre las que se encuentran:

  • Llevar a cabo conductas de discriminación por cualquier motivo.
  • Generar conductas, situaciones o distinciones entre hombres y mujeres que fomenten la desigualdad.
  • Realizar o tolerar actos de hostigamiento sexual o acoso sexual.
  • Llevar a cabo conductas de acoso laboral.
  • Realizar actos de proselitismo durante los períodos restringidos
  • Falsificar cualquier documento, firma o registro
  • Omitir presentar en tiempo y forma las declaraciones de situación patrimonial, de intereses y fiscales.
  • Solicitar o recibir beneficios particulares, para sí o para terceras personas.
  • Realizar gastos innecesarios en las oficinas públicas.
  • Hacer uso de lenguaje altisonante.
  • Bloquear o restringir la interacción de ciudadanos en sus redes sociales.

Asimismo, el Código de Ética pide a los trabajadores de gobierno emplear lenguaje incluyente y no sexista en todas las comunicaciones institucionales y rechazar todo tipo de regalos, obsequios o dádivas con motivo del ejercicio de su función, empleo o cargo, que beneficien a su persona o sus familiares hasta el cuarto grado por consanguinidad o afinidad.

La SFP aseguró que este nuevo ordenamiento está alineado con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y reconoce los ocho principios que establece para el servicio público: cinco que se enlistan en el artículo 109 constitucional; además del de respeto a los derechos humanos (artículo 1); transparencia (artículo 6) y eficacia (artículo 134).

Adicionalmente, y en línea con el respeto a los derechos humanos, el código define el concepto de dignidad, incorpora los conceptos de justicia e igualdad en lugar de equidad de género, y regula la violencia laboral.

El Código de Ética también incrementa su alcance para obligar a las personas servidoras públicas a tener un comportamiento ético tanto dentro como fuera de sus centros de trabajo; a considerar que las redes sociales pueden constituir una extensión de las personas en medios electrónicos y hace explícita la necesidad de fomentar un “equilibrio entre la vida laboral y personal”.

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