Nacional

Contestación de Ebrard a The Economist no violó ley electoral, resuelve Tribunal

En la respuesta no hay difusión de propaganda electoral ni promoción personalizada atribuible al presidente, concluye el TEPJF.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el canciller Marcelo Ebrard no violó la ley electoral con la respuesta que hizo a la publicación de la revista inglesa The Economist, titulada “Falso Mesías de México”.

La Sala estableció que en dicha respuesta no se advierte una intencionalidad de generar simpatía o adhesión a un proyecto político, sino dar respuesta a un medio que, en ejercicio de la libertad de expresión, hizo señalamientos específicos.

Por mayoría de dos votos a uno, con el voto en contra de la magistrada Gabriela Villafuerte, la Sala Especializada resolvió que el contenido de la carta guarda coherencia discursiva con lo planteado por el semanario sobre la política mexicana.

“En congruencia con las atribuciones del canciller sí observamos una misiva donde se da contestación a los señalamientos y opiniones vertidas por el semanario británico, lo cual, considero, se encuentra en el marco legal y constitucional en materia electoral”, dijo el magistrado Luis Espíndola.

En contraste, la magistrada Villafuerte consideró que lo que se debió analizar no era el contenido de la carta en sí, sino el contexto y la temporalidad en la que ésta se difundió, pues ocurrió en plena campaña electoral.

Dijo que dicha carta se publicó en las cuentas de Twitter de la cancillería y del propio titular de la dependencia, Marcelo Ebrard, lo que resulta detonante de la violación de los articulos 41 y 134 de la Constitución.

“Tenemos una coyuntura, repito, la campaña, entonces la difusión de esta carta, que es lo único que yo creo debemos analizar, nos lleva a ver que sí hay propaganda gubernamental, ¿por qué?, porque lo que se alega es difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido”, agregó.

Explicó que el texto de respuesta a lo publicado por The Economist a principios de junio pasado destacó los logros del gobierno federal y exaltó la imagen del presidente López Obrador, por lo que, estimó, con su difusión sí se hizo uso del nombre, imagen y presencia, como recurso humano, del presidente de México.

En tanto, el magistrado ponente, Rubén Jesús Lara Patrón, insistió en que en la carta no se advierte una intencionalidad del canciller de lograr simpatía o adhesión de nadie al proyecto del presidente López Obrador.

Dijo que derivado del análisis del caso no se advirtió difusión de propaganda electoral en tiempo prohibido, ni promoción personalizada atribuible al presidente Andrés Manuel López Obrador o al canciller Marcelo Ebrard.

“Por tanto, es inexistente, en observancia a la norma electoral, la falta atribuida a Marcelo Ebrard Casaubón, secretario de Relaciones Exteriores y Daniel Millán Valencia, jefe de la oficina secretario de Relaciones Exteriores”, destacó Lara Patrón.

También lee: