Mis Finanzas

SAT 2023: ¿Qué es la discrepancia fiscal y cómo evitarla?

La mejor forma de no caer en discrepancia fiscal ante el SAT es declarar todos tus ingresos... todos, incluidos tus pagos a tarjeta de crédito e inversiones financieras.

¿Ganas y gastas más de los ingresos que reportas al SAT? Eso es discrepancia fiscal.

La discrepancia fiscal es una de las prácticas que más persigue el Servicio de Administración Tributaria, ya que significa que estás pagando menos impuestos de los que deberías.

Las autoridades hacendarias definen la discrepancia fiscal como la comprobación de que el monto de tus erogaciones (salidas de dinero) en un año son superiores a los ingresos declarados, o bien a los que te hubiere correspondido declarar.

Se considerarán erogaciones los gastos efectuados por cualquier persona física, como compras, adquisiciones de bienes y depósitos en cuentas bancarias; así como inversiones financieras o tarjetas de crédito.

Por ejemplo, si en un año ‘gastaste’ un total de 50 mil pesos, pero solo declaraste ingresos por 40 mil pesos al SAT.

¿Qué pasa si el SAT detecta una discrepancia fiscal?

Las personas físicas podrán ser objeto de un procedimiento de discrepancia fiscal cuando se compruebe que el monto de las erogaciones en un año de calendario es superior a los ingresos declarados por el contribuyente.


El procedimiento es el siguiente:

  • Notificaran al contribuyente, el monto de las erogaciones detectadas, la información que se utilizó para conocerlas, el medio por el cual se obtuvo y la discrepancia resultante.
  • Notificado el oficio, el contribuyente contará con un plazo de 20 días para informar por escrito a las autoridades fiscales -contados a partir del día siguiente a la fecha de notificación- del origen o fuente de procedencia de los recursos con que efectuó las erogaciones detectadas y ofrecerá, en su caso, las pruebas que estime idóneas para acreditar que los recursos no constituyen ingresos gravados.
  • Las autoridades fiscales podrán, por una sola vez, requerir información o documentación adicional al contribuyente, la que deberá proporcionar en el término previsto en el artículo 53 del Código Fiscal de la Federación.
  • Acreditada la discrepancia, ésta se presumirá ingreso gravado y se formulará la liquidación respectiva, considerándose como ingresos omitidos el monto de las erogaciones no aclaradas y aplicándose una ‘tarifa’ / multa.

¿Cómo evitar la discrepancia fiscal?

De acuerdo con la empresa de capacitación empresarial COFIDE, al tratarse de un problema de desbalance entre los gastos y los ingresos que percibes, la mejor manera de evitar una discrepancia fiscal es tratar de ser lo más claro y transparentes con todo lo que tenga que ver con cuentas financieras.

Asimismo, contar con una excelente contabilidad que contenga un registro completo y minucioso de tus gastos e ingresos durante el año fiscal.

También lee: