Economía

Profeco deberá difundir multas de 5 años previos

El IFAI ordenó a la Procuraduría entregar la información luego de que un solicitante se inconformó por haber recibido datos confusos e incompletos.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) ordenó a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) buscar y entregar la información de todas las multas que ha impuesto de 2009 a la fecha, así como la baja documental respectiva del periodo 2004 a 2008.

Esto, luego que Profeco proporcionara información confusa e incompleta a un solicitante, que se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el IFAI.

El solicitante manifestó que la Profeco no proporcionó el total de multas impuestas, omitió señalar las autoridades que cobran las multas y reclamó que los montos reportados en su solicitud son menores a los indicados por el sujeto obligado en respuesta a otras solicitudes presentadas con anterioridad.

La Profeco reiteró su respuesta e hizo algunas precisiones sobre la información proporcionada, sin embargo al analizar el caso, el comisionado ponente, Francisco Javier Acuña, señaló que la Procuraduría no cumplió con el procedimiento previsto en la Ley federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, pues no turnó la solicitud a todas sus unidades administrativas competentes para conocer la información.

Aunado a ello, el IFAI detalló que el criterio de búsqueda fue restrictivo, dado que Profeco no abarcó todo el periodo del cual se requirió la información, desde su creación en 1976 al día que presentó la solicitud, el 8 de septiembre de 2014.

El comisionado advirtió que aunque el periodo de solicitud es de 39 años, la Procuraduría solo está obligada a contar con información de los últimos cinco años, es decir de 2009 a 2014.

El pleno del IFAI determinó modificar la respuesta de la Profeco y le instruyó a hacer una búsqueda exhaustiva de la baja documental de 2004-2008 y de la información de todas las multas impuestas de 2009 a 2014 para entregar al recurrente.

No se podrá omitir a la dirección general de Delegaciones y a las delegaciones y subdelegaciones correspondientes ni a las direcciones generales de Verificación de combustibles; de Verificación y vigilancia; de Quejas y conciliación; y de Procedimientos y de contratos de adhesión y registro de autofinanciamiento.

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