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Para exconsejero posicionamientos deben castigarse

Marco Gómez Alcántar, exconsejero electoral, explicó que aun cuando las ofertas y compromisos que el presidente nacional de Morena realiza en sus llamadas “asambleas informativas” no se pueden considerar como actos anticipados de campaña. 

CIUDAD DE MÉXICO.- López Obrador se aprovecha de los vacíos legales de la ley electoral para realizar actividades proselitistas, aseguró el exconsejero electoral Marco Gómez Alcántar.

En entrevista con El Financiero, explicó que aun cuando las ofertas y compromisos que el presidente nacional de Morena realiza en sus llamadas "asambleas informativas" no se pueden considerar como actos anticipados de campaña, porque no está haciendo un llamado al voto, realiza posicionamientos anticipados de campaña, "por lo que sí puede ser sancionado".

"Los comentarios que él realiza, las propuestas y compromisos que hace para 2018 tienen que verse necesariamente a la luz de este escenario (la elección presidencial) y por tanto valoradas en este contexto", estimó.

Citó como precedente el caso de Alfonso Robledo, candidato panista a la alcaldía de Guadalupe, Nuevo León, cuya difusión de propaganda anticipada fue considerada como un elemento que le sirvió para posicionar su imagen antes de los tiempos establecidos.

Las lagunas legales, según Gómez Alcántar, han provocado "un desequilibrio brutal que debería ser corregido por el TEPJF, cosa que evidentemente no sucederá".

Al respecto, el consejero Arturo Sánchez afirmó que si López Obrador incurre en pronunciamientos anticipados de campaña, las autoridades electorales podrán intervenir sólo si se presentan quejas específicas a fin de que se haga el análisis correspondiente y se dicten las medidas cautelares y, en caso de que proceda, sea el Tribunal quien dicte las sanciones correspondientes, mismas que podrían ir desde el retiro de dichos pronunciamientos hasta una sanción al partido.

En entrevista por separado, el exconsejero del INE Alfredo Figueroa señaló que la autoridad electoral debe revisar el asunto porque "hay una suerte de simulación y encubrimiento (...) que bien haría la autoridad en analizar y contener, esa es su obligación, y establecer reglas claras, porque no lo está haciendo".

En contraste, el consejero del INE, Marco Baños, señaló que "AMLO puede hacer todas las asambleas que quiera, pero si en ellas no se solicita el voto, la ley señala que no son actos anticipados, por lo que una sanción es improcedente".

El artículo 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales define como acto anticipado de campaña "la expresión que se realicen bajo cualquier modalidad y en cualquier momento fuera de la etapa de campañas, que contengan llamados expresos al voto en contra o a favor, o expresiones solicitando cualquier tipo de apoyo para contender en el proceso electoral por alguna candidatura o para un partido".

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