Los afiliados a la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC), liderados por el presidente del organismo, Roberto Macías Quintanilla, presentaron ante el Congreso local una iniciativa para actualizar la Ley de Obras Públicas para el Estado y los Municipios de Nuevo León.
Destacaron que con los cambios buscan, a través de la digitalización, facilitar y simplificar el acceso a las licitaciones; impulsar el uso de métodos alternativos para la resolución de conflictos en la industria de la construcción, y promover mejores prácticas en materia de seguridad y de protección ambiental, mediante la capacitación del personal.
“La presente propuesta de modificación, actualización y adición a la Ley Obras Públicas de Nuevo León surge ante la necesidad de modernizar un marco normativo que ha quedado rezagado frente a las dinámicas actuales de la industria de la construcción”, señala el documento.
“Queremos mejorar en todos los sentidos el sector de la construcción (…) Primero es que exista una Ley más amigable con el medio ambiente, necesitamos definir protocolos ambientales por las contingencias”, señaló Macías.
Agregó que además plantean mejoras en los artículos que rigen aspectos laborales para garantizar la capacitación de los obreros del sector y fomentar certificaciones en materia de seguridad laboral.
“También estamos impulsando la mediación como solución de conflictos (…)”, agregó.
“Desde 1997 no se le ha movido una coma a la Ley de Obras Públicas, entonces creemos que es justo en esta época tecnológica digital (actualizarla). No podemos estar teniendo una Ley análoga”, resaltó.
Macías destacó que las modificaciones son un esfuerzo ciudadano que han sido planteadas por los afiliados de la Cámara a los representantes de los distintos partidos políticos.
Con los cambios propuestos en los artículos dos, 14 y 61 se busca promover la obligatoriedad de la mediación y promover recursos como el arbitraje y la implementación de paneles técnicos.
Lo anterior con el fin de resolver conflictos contractuales que se presenten entre las dependencias responsables de obras públicas y empresas privadas.
Las modificaciones al Artículo 23 BIS incluyen la obligación de los municipios de llevar un registro electrónico en la contratación de obra pública.
En los artículos 38 y 49 se busca migrar las licitaciones públicas a un esquema híbrido en el que la propuesta técnica se pueda presentar vía electrónica y la económica de forma física.
Como parte de los cambios a la Ley, en el Artículo 51 se incluye la adición de documentos dentro de la propuesta técnica que respalden el conocimiento de los representantes de las empresas en Manejo de Residuos, Protocolos de Contingencia Ambiental, Responsabilidad Civil y Seguridad en la obra.
En el Transitorio Segundo se insta al Ejecutivo a expedir el Reglamento de la Ley en un plazo no mayor a ocho meses contando a partir de la entrada en vigor. Esto debido a que desde su publicación el 1 de enero de 1998 nunca fue emitido.
Mientras que el Transitorio Tercero, establece la creación del Reglamento de Métodos Alternativos para la Solución de Conflictos en Materia de Obra Pública y servicios relacionados con las mismas.