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Juez declara la quiebra de Mexicana de Aviación

La aerolínea fue declarada en quiebra después de más de tres años de encontrarse en concurso mercantil, durante el cual diversos actores afirmaron poder recapitalizarla, aunque ninguna lo logró.

CIUDAD DE MÉXICO.- Tras el fallido intento de encontrar un inversionista que rescatara a la aerolínea y poco más de tres años de estar en concurso mercantil, la Juez Edith Alarcón declaró la quiebra de Mexicana de Aviación.

En un acuerdo publicado en el Consejo de la Judicatura Federal se declara en estado de quiebra a la empresa concursada Compañía Mexicana de Aviación, sociedad anónima de capital variable, por encontrarse en la hipótesis prevista por la fracción II de los artículos 167 y 168 de la Ley de Concursos Mercantiles (LCM).

"Con esta fecha tres de abril de dos mil catorce, se declara de plano en estado de quiebra a la empresa concursada Compañía Mexicana de Aviación, sociedad anónima de capital variable, por encontrarse en la hipótesis prevista por la fracción II de los artículos 167 y 168 de la Ley de Concursos Mercantiles (LCM)", señala el texto.

LOS ARTÍCULOS CITADOS POR LA JUEZ
               Ley de Concurso Mercantil
Artículo 167.- El Comerciante en concurso mercantil será declarado en estado de quiebra cuando:
I. El propio Comerciante así lo solicite;
II. Transcurra el término para la conciliación y su prórroga si se hubiere concedido;
III. El conciliador solicite la declaración de quiebra y el juez la conceda en los términos previstos en el artículo 150 de esta Ley, o
IV. En el caso previsto en el artículo 21 de esta Ley.
Artículo 168.- En el caso de las fracciones I y II del artículo anterior, la sentencia de declaración de quiebra se dictará de plano. En el caso de la fracción III, el procedimiento se substanciará
incidentalmente.

Tras la decisión la juez solicita informar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) para que dentro de los cinco días siguientes proponga síndico quien a su vez, dentro de los tres días siguientes a su designación deberá hacer del conocimiento de los acreedores su nombramiento y señalar un domicilio dentro de la jurisdicción de este Juzgado para el cumplimiento de las obligaciones que le impone la ley.

A través del acuerdo, se ordena a la comerciante, a sus administradores, gerentes y dependientes, que entreguen al síndico la posesión y administración de los bienes y derechos que integran la masa, con excepción de los inalienables, inembargables e imprescriptibles

Asimismo se ordena al síndico que dentro de los cinco días siguientes a su designación, tramite la publicación de un extracto de esta sentencia, por dos veces consecutivas, en el Diario Oficial de la Federación y en los periódicos de mayor circulación en la localidad, para lo cual se ordena desde ahora elaborar los edictos y los oficios correspondientes.

Grupo Williams fue el último de 35 inversionistas que intentaron reactivar la operación de la aerolínea que dejó de operar en agosto de 2010, y para el cual las autoridades solicitaban un respaldo financiero de al menos 300 millones de dólares.

Conoce el texto publicado por la jueza, dando clic aquí.

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