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Coparmex le reclama al SAT: es impreciso el cálculo de tasas que deben pagar empresas

El organismo empresarial reiteró que la ley establece que el cobro del Impuesto Sobre la Renta debe hacerse sobre las utilidades o ganancias de las empresas.

Al publicarse el tercer listado donde el Sistema de Administración Tributaria informó sobre las “tasas efectivas” correspondientes a 79 actividades económicas, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) alertó que éstas siguen tomando como referencia para el pago del Impuesto Sobre la Renta a los ingresos brutos y no a las utilidades, como se señala en el Código Fiscal de la Federación, por lo que además de no reflejar la realidad de cada empresa, ponen en riesgo el objetivo de incentivar el cumplimiento de los grandes contribuyentes.

“Ante esta situación advertimos que está en riesgo el objetivo de incentivar el cumplimiento voluntario de los grandes contribuyentes toda vez que, contrario a lo que se propuso en la reforma al artículo 33 del Código Fiscal de la Federación publicada en diciembre de 2020, los parámetros de referencia dados a conocer, no tienen como base la utilidad”, señaló el organismo en un comunicado.

La Coparmex reitera la claridad de la ley al establecer que el cobro del Impuesto Sobre la Renta debe hacerse sobre las utilidades o ganancias de las empresas, que es el monto que queda después de descontar, entre otros, el pago de las deducciones, los gastos de inversión y los costos de producción, y no sobre el ingreso bruto.

El tercer listado donde la autoridad fiscal informó acerca de las “tasas efectivas” correspondientes a 79 actividades económicas para sumar un total de 203 publicadas en tres entregas, sigue tomando como referencia para el pago del Impuesto Sobre la Renta, los ingresos brutos, no las utilidades, como se señala en el Código Fiscal de la Federación, advirtió la Coparmex.

“Consideramos incorrectos los cálculos realizados por el SAT con respecto a ciertas industrias ya que existen empresas que aunque se encuentran en el mismo sector, tienen diferentes márgenes de utilidad de acuerdo al tipo de venta (mayoreo o menudeo) y, por lo tanto, su tasa de impuestos no puede ser igual. Resaltamos por ello que cada empresa tiene una realidad diferente de combinación de productos y servicios, así como de su productividad, lo que debe tomarse en cuenta por las autoridades fiscales”, explica.

Además, ante la situación actual que ha traído la contingencia sanitaria, es muy probable que no todas las empresas tengan la misma productividad, por lo que resulta inequitativo que se tomen como referencia estas tasas efectivas para el cálculo de impuestos cuando muchos contribuyentes se encuentran trabajando para lograr la reactivación económica de sus empresas.

“Las empresas afiliadas a Coparmex están comprometidas con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales tal como lo estipula la ley, donde se establece que el cálculo para el pago de impuestos, en particular, el Impuesto Sobre la Renta, se realiza con base en las utilidades, no en los ingresos brutos, como contempla el Sistema de Administración Tributaria (SAT) en las “tasas efectivas”, precisa.

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