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Esto debes saber del nuevo proyecto sobre prisión preventiva de la Suprema Corte

Después de que la SCJN enviara a la congeladora el primer proyecto sobre la prisión preventiva, el ministro Luis María Aguilar ya tiene listo un nuevo boceto.

El ministro Luis María Aguilar presentó un nuevo proyecto sobre la prisión preventiva oficiosa, para que sea discutido por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En este nuevo escrito, el ministro propone que los jueces no apliquen la prisión preventiva de manera automática, sino basándose en un principio pro persona, con lo que se deberá de privilegiar el estudio del caso antes de dictar una sentencia.

“El carácter oficioso de la medida cautelar únicamente significa que se trata de una modalidad en la que el juez penal debe abrir el debate para determinar si se justifica la imposición de la prisión preventiva, sin necesidad de que el Ministerio Público hubiera solicitado la medida cautelar”, expuso.

Al mismo tiempo, Aguilar Morales sostuvo que de esta manera, la prisión preventiva oficiosa se apegaría a los tipos penales más excepcionales, para que así no hubiera una interpretación abierta de la figura.

Dentro del escrito, el ministro insistió en que “la interpretación textual conforme a la que se entiende que la prisión preventiva oficiosa es automática, sería contraria a los derechos humanos y generaría una tensión entre la prisión preventiva (...) respecto del resto de derechos, principios y directrices constitucionales”.

Con este nuevo proyecto, Aguilar Morales retomó las ideas del ministro Juan Luis González Alcántara con los que expuso que más que invalidar la figura de prisión preventiva, se debería de reinterpretar, para que no se dictaminara de manera automática sino de forma excepcional.


¿Qué es la prisión preventiva oficiosa?

La prisión preventiva es una medida cautelar impuesta al imputado por un juez, la cual consiste en la privación temporal del derecho a la libertad personal con el fin de asegurar la integridad de víctimas o testigos, así como el desarrollo de la investigación o la conclusión del proceso penal, de acuerdo con el Centro de Investigación en Política Pública (IMCO).

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos determina limitantes y la aplicación de medidas cautelares, como la prisión preventiva oficiosa.

¿Cuánto dura la prisión preventiva oficiosa?

La prisión preventiva oficiosa no podrá ser superior a dos años y sólo podrá prolongarse si el imputado está ejerciendo su derecho a la defensa.

Si luego de dos años, no hay una sentencia, el imputado será liberado, el proceso seguirá y se impondrán nuevas medidas cautelares.

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