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Declaración anual en 2022: ¿Qué documentos debo tener en regla para el trámite?

Lo más sobresaliente es que ahora podrás hacerlo tú mismo en la página de internet del servicio tributario.

Las personas físicas deberán presentar su declaración anual de impuestos 2022 del 1 al 30 de abril acuerdo con el calendario del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Lo más sobresaliente es que ahora podrás hacerlo tú mismo en la página de internet del servicio tributario.

En esa revisión los contribuyentes deberán informar sobre sus ingresos y las deducciones anuales que hayan hecho por concepto del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Es importante tenerlo presente cuándo se hacen las declaraciones anuales y así evitar multas por no presentarlas.

Con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de personas físicas y morales, el SAT actualizó y desarrolló nuevas aplicaciones para el ejercicio fiscal 2022, que cuentan con una estructura lógica y sencilla que incluye cálculos automáticos, así como información prellenada que se obtiene de las facturas electrónicas (CFDI) y de las declaraciones anuales anteriores.

Aquí te decimos lo que necesitas saber para cumplir con tus obligaciones fiscales y presentar tu declaración anual 2022. Para eso requieres:

1. CLABE de la cuenta bancaria en el caso de que el saldo obtenido sea a favor

2. Registro Federal de Contribuyentes (RFC)

3. Contraseña o e.firma

4. Constancia de percepciones: son la totalidad de ingresos obtenidos en el ejercicio

Si eres una persona física, estos son los pasos que debes seguir para poder declarar tus impuestos a través del portal del SAT. La declaración debe contener los ingresos, deducciones autorizadas y personales, retenciones y pagos provisionales.

1. Ingresa a la aplicación con tu RFC y contraseña.

2. Llena los datos que te solicita la declaración.

3. Firma, en su caso, tu declaración y envíala.

De acuerdo con el calendario del SAT, las personas morales deben cumplir con este requisito entre el 1 y el 31 de marzo, mientras que las personas físicas pueden presentarla entre el 1 y el 30 de abril próximos.

De acuerdo con el SAT, las personas morales pueden ser una persona constituida y hasta con un estado civil determinado, sometida igualmente a la obligación de llevar su contabilidad y presentarla para aclarar casos en los que sus ingresos superen cierta cantidad.

Las personas físicas son todas aquellas que puedes identificar por su nombre propio, pero no tienen un estado civil definido debido a las numerosas formas en que se pueden encontrar estas personalidades jurídicas.

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