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Lago de Texcoco como área natural protegida: ¿Qué permisos otorga la Semarnat?

Las actividades que estarán prohibidas serán la alteración de ecosistemas de la vida silvestre, el desarrollo de fraccionamientos, inmobiliarios o nuevos centros de población.

El Lago de Texcoco se convirtió oficialmente en Área Natural Protegida con la publicación del decreto este 22 marzo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Esta resolución permitirá el ecoturismo, la restauración ecológica, la reforestación con especies nativas, agricultura y ganadería ostentadas hacia la sustentabilidad y el aprovechamiento a través de unidades de conservación de la vida silvestre.

Las actividades que estarán prohibidas serán la alteración de ecosistemas de la vida silvestre, el desarrollo de fraccionamientos, inmobiliarios o nuevos centros de población, nuevas obras de explotación o exploración minera y la modificación del entorno natural de los vestigios históricos o arqueológicos.

El área de Permisos y Autorizaciones perteneciente a la Dirección de Fortalecimiento a la Operación Regional emite dictámenes requeridos por las unidades administrativas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. A través de esta área es posible iniciar procedimientos legales para efectos de obtener alguna autorización, concesión, permiso o alguna respuesta en general por parte de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.

Lo anterior cuando el objetivo sea realizar actividades comerciales, de investigación, de educación ambiental, actividades mineras y turísticas dentro de las Áreas Naturales Protegidas.

Para ello, la Comisión de Áreas Naturales Protegidas dispone de los siguientes trámites:

  • Actividades comerciales dentro de áreas naturales protegidas.
  • Obras y trabajos de exploración y explotación mineras.
  • Autorización para filmaciones o fotografía en áreas protegidas.
  • Aviso de investigación con manipulación de ejemplares.
  • Aviso de investigación sin manipulación de ejemplares.
  • Educación ambiental en Áreas Naturales Protegidas.
  • Aviso al Área Natural Protegida (ANP) para realizar filmaciones sin fines lucrativos.
  • Prórroga de autorización para realizar actividades comerciales dentro de una ANP.
  • Autorización de actividades turísticas en ANP con vehículos.
  • Actividades turístico recreativas sin vehículos o unidad de transporte.
  • Autorización para realizar actividades turístico recreativas dentro de Áreas Naturales Protegidas (ANP).
  • Prórroga de autorización para realizar actividades turístico recreativas.
  • Aviso de actividades de monitoreo en las ANP.

¿Dónde realizar el trámite?

En cualquier Dirección Regional o Dirección de Área Natural Protegida de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas a nivel nacional en un horario de Lunes a Viernes de 9 a 15 horas y de 16 a 18 horas.



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