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Cambio de nombre: ¿Cuánto cuesta en CDMX y en Edomex?

Conoce los requisitos para realizar el trámite de cambio de nombre y género en el Registro Civil en las entidades del área metropolitana de la capital del país.

El cambio de nombre e incluso de apellido se puede realizar en México de manera oficial, lo que quiere decir que esta modificación permite que la nueva forma en cómo quieres que te llamen se pueda ver reflejada en tu acta de nacimiento e identificaciones oficiales.

Este trámite se puede realizar en el Registro Civil, según lo menciona la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y aunque cada estado de la República tiene diferentes requisitos, en la Ciudad de México y el Estado de México hay especificaciones particulares relacionadas al precio del trámite y restricciones que te presentaremos a continuación.

Cambio de nombre en CDMX: ¿Cuál es el costo?

El trámite de cambio de nombre en la Ciudad de México tiene un costo de 600 pesos. Esta solicitud se puede hacer únicamente de manera presencial, en las oficinas del Registro Civil.

Al acudir a la instancia se deberá solicitar una aclaración del acta por enmienda, misma que es una “modificación para adecuar su realidad jurídica y social” de la persona solicitante.

La Consejería capitalina explica que el motivo de este cambio en el nombres sirve para “cuando se solicite variar algún nombre u otro dato esencial que afecte el estado civil, la filiación, la nacionalidad, el sexo y la identidad de la persona, el objetivo es ajustar a la realidad jurídica y social”.

Requisitos para cambiarse el nombre en CDMX

  • Identificación oficial: puede ser el INE, pasaporte, cédula profesional, cartilla militar y permiso para conducir.
  • Copia del acta de nacimiento.
  • Comprobante de domicilio.
  • Documentos de acreditación de personalidad jurídica: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación del interesado y de quien realiza el trámite.
  • Copia certificada del acta de nacimiento del padre o de la madre según sea el caso, o de no contar con ella, copia certificada del acta de matrimonio de los mismos.
  • Documentos públicos, privados o religiosos en etapas de su vida para acreditar su petición (niñez, adolescencia y edad adulta, mínimo 7 a 10 documentos).

Puedes conocer más información acerca del trámite en este enlace.


Cambio de nombre en Edomex: ¿Es gratuito?

El trámite de cambio de nombre e incluso de género en el Estado de México es completamente gratis y está disponible en cualquier oficina de Registro Civil.

El gobierno de la entidad explica que “el procedimiento para la modificación o cambio de sustantivo propio (es integrado) con circunstancia peyorativa, que lesione la dignidad humana o exponga al ridículo”.

Requisitos para cambiarse el nombre en el Estado de México

  • Solicitud y demás formatos que para el efecto determine la Dirección General del Registro Civil del Estado de México. La solicitud contendrá los argumentos, razonamientos y/o exposición de los interesados, así como firma y huella de las o los solicitantes.
  • Copia certificada del acta de nacimiento de la o el registrado.
  • Identificación oficial vigente de las o los solicitantes, en su caso.

Posteriormente deberás llevar a cabo una serie de procedimientos con las autoridades para validar el cambio de nombre.

Cambio de nombre en México: ¿Qué debes considerar?

La Suprema Corte explica que para que el cambio de nombre sea idóneo, todos los trámites referentes deben cumplir con una serie de estándares.

Además se dijo que “la falta de correspondencia entre la identidad de género de una persona y la que aparece registrada en sus documentos implica negarle una dimensión constitutiva de su identidad, lo que a su vez puede convertirse en objeto de rechazo y discriminación”.

Estándares para que el cambio de nombre sea idóneo

  • El trámite debe estar enfocado en la adecuación integral de la identidad de género auto-percibida.
  • Estar basado en el conocimiento libre e informado sin requisitos que puedan resultar irrazonables.
  • Ser confidencial, expedito y gratuito, en la medida de lo posible.
  • No pueden exigir la acreditación de operaciones quirúrgicas u hormonales.

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