Contrapesos

La polémica sobre las restricciones en Modalidad 40

El IMSS restringió el salario de inscripción a la Modalidad 40 y eliminó los pagos retroactivos para evitar prácticas fraudulentas que permitan obtener pensiones más altas.

Esta semana el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) actualizó las reglas de operación de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, conocida como Modalidad 40, que, entre otras cosas, limitan el salario con el que los trabajadores pueden incorporarse a este régimen.

Ahora podrán hacerlo con el último salario al causar baja con un patrón o hasta ese importe más una Unidad de Medida y Actualización (UMA), que es equivalente a 117 pesos diarios, lo que impide mejorar el promedio salarial.

Al cierre de 2024, el número de cotizantes en la Modalidad 40 fue de 275 mil, teniendo como promedio un salario base de cotización cinco veces superior al último registrado en el régimen obligatorio, lo que refleja el interés por elevar el salario utilizado en el cálculo de la pensión.

El IMSS informó que el propósito de los cambios es “fortalecer este mecanismo de aseguramiento, proteger los derechos pensionarios de las personas trabajadoras y evitar prácticas de simulación laboral que afectan su funcionamiento”.

La actualización quedó establecida en un acuerdo del Consejo Técnico del IMSS, donde están representados los sectores patronal, trabajador-obrero y gubernamental, publicado el miércoles 21 de octubre en el Diario Oficial de la Federación, que entró en vigor al día siguiente.

La primera reacción de los abogados laborales es que, en materia jurídica, un acuerdo administrativo, que es el caso en los cambios anunciados para la Modalidad 40, no puede modificar lo que establece una ley federal.

El artículo 218 de la Ley del Seguro Social permite expresamente continuar cotizando a los asegurados con el último salario registrado o uno superior al que tenían en el momento de la baja.

“No puede un acuerdo modificar la ley de la manera en que lo está haciendo el IMSS”, me dijo Claudio Martínez Santistevan, asociado sénior de la firma De La Vega y Martínez Rojas.

“Desde un punto de vista legal existen argumentos jurídicos para cuestionar esta decisión, particularmente cuando una persona solicita incorporarse con un salario superior y el IMSS aplica la restricción, pero evidentemente cada caso debe analizarse, porque existe una posible contradicción entre el acuerdo y la ley”, destacó el experto.

Dicho lo anterior, los cambios más importantes de la actualización son los siguientes:

El primero es que el salario con el que una persona se inscriba deberá corresponder a su último salario registrado ante el IMSS, más el valor de una UMA. De manera que se pone un límite al salario para la inscripción.

La inscripción comenzará a partir del día en que se presente la solicitud y ya no será posible contratar periodos anteriores de manera retroactiva. Es decir, ya no hay pagos retroactivos.

Las personas trabajadoras independientes podrán continuar cotizando en este esquema, pero no podrán combinarlo con la Modalidad 40. Esto significa que los trabajadores independientes no podrán cambiar a Modalidad 40.

Si las personas se inscribieron antes de estos cambios, conservan sus condiciones actuales hasta que se termine el periodo que contrataron. Sus semanas cotizadas y pagos realizados están protegidos.

Finalmente, el proceso de alta para las nuevas inscripciones se debe gestionar a través de los canales digitales del IMSS.

La presidenta Claudia Sheinbaum afirmó que las restricciones en la Modalidad 40 responden a la detección de esquemas fraudulentos para que el trabajador tuviera una pensión mayor a la que le correspondía.

“¿Qué es lo que encontramos? (…) fraudes digamos relacionados con el acceso a las pensiones, las pensiones altas, por eso se decidió regular la Modalidad 40, que es a través de la cual se hacían estos esquemas fraudulentos para poder tener una pensión que no le correspondía al trabajador”, dijo la mandataria.

De acuerdo con un amplio comentario de Rodolfo Ostolaza, subdirector de Estudios Económicos de Banamex, “la posibilidad de inscribirse con un salario superior al último registrado, hasta un límite de 25 UMA, dio lugar a estrategias para elevar considerablemente el salario promedio utilizado en el cálculo de la pensión.

“En los últimos años se extendió la práctica de cotizar durante los cinco últimos años laborales con un salario elevado, con el objetivo de obtener una pensión sustancialmente mayor. Ello generó cuestionamientos sobre la correspondencia entre las aportaciones realizadas y las obligaciones de largo plazo asumidas por el IMSS”, apuntó.

Por lo pronto, y ante la posible contradicción, cualquier modificación legal a la Modalidad 40 del IMSS debe pasar por el Congreso, pues no puede resolverse únicamente mediante un polémico acuerdo.

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