Hay cambios fiscales que no sólo incrementan la carga para el contribuyente, sino que distorsionan mercados específicos.
En el Paquete Económico 2027 que se revisa en el Congreso de la Unión, hay una reforma fiscal indirecta. No se aumenta la tasa del ISR, pero sí se limita la deducibilidad de un número relevante de gastos legítimos y se establecen más topes o restricciones a deducciones de diferente índole.
Un ejemplo sensible es la propuesta para diferir la deducibilidad de anticipos en servicios y arrendamientos. No será suficiente la existencia de contrato o propuesta comercial bien documentada, la emisión del CFDI, el pago con las formalidades de ley, los complementos de pago (cuando corresponde) y la acreditación de la materialidad, ahora la deducción sólo se podrá hacer hasta que ‘efectivamente se presten o devenguen’.
El argumento es mejorar los ingresos del Gobierno Federal, explican, pero veo efectos perturbadores en ese robusto mundo de la economía. Aquí tres para la reflexión:
1) Habrá una dislocación en la cadena de pagos entre particulares.- Pocas cosas son tan complejas para una empresa de servicios como lograr anticipos. Los clientes, especialmente los grandes, tienen un catálogo robusto para negarlos: desconfianza, políticas internas, costo financiero o simple fuerza en la cadena de valor.
Con esta reforma, las empresas tendrán un argumento para irse al pospago de todos aquellos servicios que, por fuerza de mercado, no puedan ser exigidos o negociados para pago anticipado (aunque no sea deducible por un rato). Los ganadores atenuarán el impacto con cargo a la caja de sus proveedores.
2) Inducirá el fraccionamiento de servicios con creatividad infinita.- Se afectará el modelo clásico de un anticipo y un pago final. Si la deducción la detonará la conclusión del servicio, el mercado tenderá a fraccionar todos los modelos de negocios en entregables progresivos.
La reforma incentivará a las partes a diseñar contratos de arrendamiento y servicios cuyos componentes resulten fáciles de acreditar cuando alguien pregunte si ya están devengados. Sin embargo, esa creatividad le adicionará profunda complejidad a otro elemento de la ecuación: la materialidad acreditable.
3) Afectará el riesgo y costo financiero de proyectos de largo plazo.- Un arrendamiento en modelo de ‘build to suit’ o un organizador de eventos corporativos que financie el entregable por un año, por poner dos ejemplos, suelen negociar anticipos para viabilizar el ROI de esos proyectos.
Si los pagos iniciales ya no podrán deducirse al pago y esos proyectos dependen en su viabilidad de tales pagos, o se incrementará el costo de ejecución en sus respectivos modelos financieros y el cliente absorberá el incremento, o se dejarán de ejecutar esos proyectos de forma saludable por un periodo perentorio.
Diferir la deducibilidad de anticipos en servicios y arrendamientos hasta que se presten o devenguen violentará cadenas de pago en algunas industrias, en otras extenderá los plazos de financiamiento implícito y en unas más elevará el riesgo fiscal contingente de solventar la pregunta de ‘cuándo y cómo efectivamente se devengó’.
Esta reforma fiscal no cae en el vacío. El sector servicios ha resentido ya el incremento sostenido del costo laboral y las obligaciones que la formalidad conlleva. Ha padecido la falta de crecimiento de la economía en su conjunto y vive en un entorno donde la cultura de no pago o no pago puntual es un fenómeno extendido en gobiernos, empresas e individuos.
El papel aguanta todo, los servicios no. Y esa diferencia, más temprano que tarde, cobrará factura y con intereses devengados.