La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó ayer dos amparos a la empresa aseguradora Inbursa (parte de grupo Carso), que la obligan al pago de indemnizaciones a dos personas afectadas, en hechos por separado, por descargas eléctricas en la red de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
En uno de los casos, el 5 de julio de 2023, la víctima de 21 años y único sustento de su casa, sufrió una descarga eléctrica al realizar trabajos de albañilería, lo que generó quemaduras de segundo y tercer grado, pérdida de la fuerza en las extremidades e imposibilidad de movimientos.
En el otro, el 20 de septiembre de 2024, la víctima, al estar realizando trabajos de albañilería, sufrió una descarga eléctrica que mermó su calidad de vida. En ambos casos, los afectados demandaron el pago de indemnización por la vía civil a Grupo Inbursa, haciendo efectivo un seguro que CFE contrató con dicha compañía.
La empresa se negaba al pago aduciendo que la vía civil no era la idónea para el cobro de esa indemnización.
Sin embargo, con base en el artículo 147 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, la SCJN concluyó que ese artículo es constitucional porque garantiza con claridad que cualquier persona afectada por daños derivados del servicio público de energía eléctrica puede reclamar directamente a la aseguradora que respalda a la CFE, mediante un juicio civil, sin necesidad de iniciar previamente un procedimiento administrativo.
“Esta interpretación brinda certeza jurídica, evita trámites prolongados y protege el derecho de las víctimas a acceder a la indemnización”, dijeron las y los ministros.
Enfatizaron que, cuando el Estado causa un daño por el funcionamiento irregular de la administración pública y existe una póliza de seguro que cubre ese riesgo, la persona afectada puede acudir directamente a la aseguradora para exigir la indemnización.
Por último, se determinó que este artículo debe interpretarse de forma armónica con el artículo 15 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
En ese sentido, si la aseguradora no alcanza a cubrir todo el daño derivado de la actividad del Estado, la persona puede iniciar un procedimiento vía administrativa para reclamar el monto restante, siempre que demuestre la existencia de una actividad irregular del Estado.
Ministras y ministros hicieron ver que no es el único caso en el que la aseguradora Inbursa busca evitar el pago de indemnizaciones bajo el mismo argumento.







