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¿Quién tiene derecho a recibir la pensión de un familiar fallecido? Esto dice la resolución de la Corte

La Corte determinó quiénes pueden cobrar la pensión del IMSS de una persona fallecida; la resolución abre la puerta a tíos y otros parientes que acrediten rol de cuidado y dependencia económica.

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La Corte hizo modificaciones en el reglamento del IMSS para quienes solicitarán la pensión de alguna persona cercana.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional una disposición del Reglamento del Instituto Mexicano del Seguro Social relacionado con el pago de pensiones del IMSS.

Esta nueva determinación de los ministros de la Suprema Corte favorece a quienes van a cobrar la pensión de una persona fallecida.

Hasta antes de llegar a la Corte, el reglamento del IMSS sobre pensiones establecía que en caso del fallecimiento de un trabajador, la pensión solo podía cobrarse por sus familiares directos por ascendencia, es decir, padres, abuelos y bisabuelos.

No obstante, con el fallo de la Corte, ahora también tendrán derecho a recibir la pensión del IMSS las personas que no tengan parentesco directo con el trabajador, pero sí establecieron una relación de cuidado.

“El Pleno reconoció que las relaciones familiares son diversas y que el acceso a la seguridad social no puede limitarse solo a ciertos familiares, según el parentesco tradicional”, aclaró la Suprema Corte en un comunicado.

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La SCJN cambió las reglas sobre quiénes podrán solicitar la pensión del IMSS tras el fallecimiento de un trabajador. (Freepik)

¿Qué modificaciones habrá en las pensiones del IMSS?

De esta forma, se declaró inconstitucional el artículo del Reglamento de Jubilaciones y Pensiones del IMSS que restringe el acceso a la pensión por ascendencia debido a que deja fuera a quienes brindaron cuidado a la persona fallecida.


Lo anterior quiere decir que ahora también se contempla como posibles beneficiarios a tíos, hermanos mayores, cuidadores informales u otras personas cercanas al trabajador.

Esta decisión aplicará para todo el país a partir del fallo, por lo que el IMSS ajustará sus criterios de evaluación para quienes soliciten la pensión tras la muerte de un trabajador.

“Con base en este criterio, toda persona que demuestre haber cumplido este rol podrá acceder a la pensión”, continúa el comunicado de la Corte y detalla que quienes acrediten los siguientes requisitos tendrán la posibilidad de cobrar una pensión del IMSS en caso de haber sido cuidadores:

  • Demostrar dependencia económica respecto del asegurado fallecido.
  • Demostrar que la convivencia fue prolongada y que hubo un vínculo de cuidado, afecto y asistencia.
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Los cuidadores tendrán la opción de reclamar la pensión IMSS de un trabajador, aunque no sean familiares. (Freepik)

¿Por qué la Corte dictó un falló sobre las reglas para cobrar las pensiones del IMSS?

El cambio en el reglamento del IMSS se debe a que una mujer, quien era tía de un trabajador fallecido, solicitó la pensión por ascendencia al acreditar que lo crió como si fuera su hijo.

Sin embargo, el pago de la pensión le fue negada por no ser ascendiente en línea recta. Con el fallo, la Suprema Corte reconoció el derecho de la mujer y cambió el reconocimiento de los vínculos familiares, además, se prevé que en los próximos meses obtenga el beneficio.

Es importante recordar que para solicitar una pensión del IMSS es necesario el siguiente proceso que se puede realizar por internet a través de la página Mi Pensión Digital o de forma presencial en las ventanillas de cualquier Unidad de Medicina Familiar (UMF). Los requisitos son:

Por último, deberás firmar tu resolución para que te entreguen la prestación. El horario es de 8:00 a 15:00 horas.

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