Rosendo Evgueni

¿Por qué un organismo garante de la transparencia?

 

1

Muy al inicio de la puesta en marcha de la Ley Federal de Transparencia de 2002, no faltaron voces que cuestionaban la existencia de una instancia como la del recién creado IFAI, al esgrimir dentro del catálogo de la fraseología común que se trataba de un "elefante blanco".

Por supuesto, en esa época como país recién nos estrenábamos en el tema de la transparencia. Pero sin duda, una interrogante así venía de sectores que se incomodaban con la posibilidad inimaginable hasta hace poco, de que un ciudadano de a pie tuviera la ocurrencia de preguntar algo a una institución pública. Se trataba de los desencantados de las instituciones públicas, los cuales aún se dejan escuchar las vociferaciones en pos de un retroceso marcado por la opacidad.

Comprender perfectamente el acceso a la información es ante todo asumir que se trata de un derecho fundamental de reciente cuño y que la razón incluso filosófica de ser de esta libertad es la universalidad en el ejercicio del mismo. ¿Y qué implica eso? Que se trata de un derecho ajeno a los rigores formalistas y acartonados en los que se han visto imbuidos en forma lamentable otros derechos fundamentales. O bien, para aterciopelar la cuestión: hay aspectos formalistas que resultan aplicables a cierta clase de derechos o cierta generación de libertades fundamentales, pero que resultan inoperantes para otra clase de prerrogativas como el propio acceso a la información.

La incomprensión de esta razón de ser de la transparencia y del acceso a la información prohijó perspectivas y diseños institucionales incomprensibles, no con la óptica de hoy, sino desde un principio fueron duramente criticados. Ejemplos dan para un amplio catálogo de hechuras a medida: órganos mastodónticos de más de 16 integrantes con el adjetivo paradójico de ser "ciudadanos"; iniciativas de ley para "judicializar" los conflictos de transparencia en el seno de los contenciosos-administrativos; o bien, adjudicar la función de transparencia a instancias meramente emisoras de recomendaciones y no de decisiones en la materia.

Afortunadamente, el proceso de la transparencia en México ha sido evolutivo y progresista y ha habido la sensibilidad política suficiente para entenderlo y darle cabida en la agenda pública nacional, en franca paráfrasis de algunos colegas dedicados a la transparencia, nos encontramos ya en la versión 3.0 de la transparencia.

Con un IFAI que nació adscrito a la Administración Pública Federal, el modelo de la Ley de 2002 propició en el mismo ámbito federal dos grandes sendas de cómo se ejercía el acceso a la información: la del IFAI y la de los llamados Otros Sujetos Obligados, esta última permitió un mosaico de formas en el ejercicio del acceso a la información, según se tratase de las Cámaras del Congreso, de la Suprema Corte de Justicia y un largo etcétera.

Con la reforma constitucional de 2007, a pesar de que el ideal al que aspiraba no se consolidó como se esperaba, sí tuvo un enorme acierto que en mi opinión es lo más valioso, y que consistió en incidir en el diseño institucional de los organismos garantes de las entidades federativas, puesto que muchos dejaron atrás el modelo federal del IFAI y apostaron correctamente por crear organismos constitucionales autónomos, lo que permitió unificar ante una misma autoridad el acceso a la información en los órdenes local y municipal.

Sin embargo, el gran parteaguas hasta el momento es la reforma de febrero de 2014 que cambia el paradigma de la transparencia en México y con ello sentó las bases constitucionales definitivas del diseño institucional de los organismos garantes de transparencia, con la necesaria inclusión del organismo garante federal que pasó a ser el INAI.

Lo cual me permite concluir que frente al desconocimiento y al dolo regresivo que cuestionan la existencia de los organismos garantes de transparencia se han expresado razones de fondo que explican por qué la necesidad de una instancia ad hoc.

El autor es comisionado del INAI.

También te puede interesar:

Corrupción y transparencia

La exigencia de responsabilidades

Voluntad y sensibilidad para la transparencia

COLUMNAS ANTERIORES

Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad de quien firma esta columna de opinión y no necesariamente reflejan la postura editorial de El Financiero.