Mauricio Jalife

Avala Corte eliminación de investigadores de instituciones privadas

¿Queremos que nuestros investigadores busquen en el extranjero lo que nuestro país no les da?

Desde que la polémica Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (LGHCTI) fue promulgada en 2023, se tomó la determinación de eliminar los apoyos económicos del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII) a integrantes de instituciones privadas, dejando como únicos beneficiarios a los que formaban parte del sector público.

Desde la formación de la ley, estas decisiones fueron ampliamente cuestionadas por ser claramente discriminatorias de un grupo de investigadores que, por estar afiliados a universidades o centros privados de investigación, fueron segregados de los apoyos.

Las razones que se esgrimieron entonces, como las que hoy se manejan por la Corte para rechazar las impugnaciones, pasan por los mismos raseros.

Básicamente, la sospecha de que sólo los investigadores de universidades públicas persiguen objetivos orientados al bien común, mientras que los privados obedecen a propósitos que sesgan sus aportaciones.

Resulta interesante que, al discutirse la constitucionalidad, la ministra Loretta Ortiz sostuvo opiniones en contrario al proyecto de la ministra Herrerías, bajo el principio general de igualdad, bajo la premisa de que el SNII debe otorgar los apoyos por mérito individual y no por adscripción institucional.

Además, en base a la prueba de proporcionalidad, es claro que, aun aceptando como finalidad la “corresponsabilidad financiera”, hay que preguntar si la medida es necesaria.

Existían alternativas menos restrictivas, como los convenios de cofinanciamiento que funcionaron hasta 2020.

Otros argumentos relevantes que fueron desechados para confirmar la constitucionalidad de la ley son el llamado “derecho a la ciencia”, que nuestra Carta Magna reconoce como el derecho de toda persona a gozar de los beneficios de la ciencia y obliga al Estado a apoyar la investigación.

También, si apelamos al principio de progresividad, la violación es flagrante al eliminar un beneficio ya alcanzado, correspondiendo al Estado probar que está plenamente justificada, por ejemplo, por razones presupuestarias reales y documentadas. Es, queramos o no, una medida regresiva.

Bajo la ideología que inspira la nueva ley, exigir que la investigación se ajuste a “fines de interés nacional” definidos por la autoridad, o que dependa de una institución pública, afecta la autonomía para elegir temas y métodos.

De hecho, si el Plan México subraya la intención de incrementar el número de patentes nacionales, dejar fuera a una parte de quienes investigan en el país contradice el objetivo oficial de aumentar la innovación nacional.

¿Queremos que nuestros investigadores busquen en el extranjero lo que nuestro país no les da?

En lo personal, lamento profundamente esta decisión que, me consta, obliga a dedicados y talentosos investigadores de universidades privadas a buscar compensación económica en otras fuentes que los alejan de las labores de investigación, cancelando importantes proyectos que, muchas veces, han sido sostenidos por años con excelentes resultados.

Estoy de acuerdo, muchas veces estos apoyos llegaron las manos equivocadas, pero suprimirlos sin diferenciar es un error que al país le costará recuperar. Y hoy, ya no tenemos ni tiempo ni recursos que perder.

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