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Cambios al Capítulo VII de las Directrices de PT de la OCDE y su impacto al rol financiero

Mediante una profunda modernización del Capítulo VII de sus Directrices sobre Precios de Transferencia, el organismo adapta las reglas fiscales a la economía digital transfronteriza, redefiniendo el tratamiento de los servicios intragrupo.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) lanzó un borrador de consulta pública que transformará la gestión financiera de las Empresas Multinacionales (MNE). Mediante una profunda modernización del Capítulo VII de sus Directrices sobre Precios de Transferencia, el organismo adapta las reglas fiscales a la economía digital transfronteriza, redefiniendo el tratamiento de los servicios intragrupo.

Para las tesorerías corporativas, estas modificaciones representan un cambio de paradigma en la manera de conducir sus operaciones. De acuerdo con análisis del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF), la OCDE eleva sustancialmente la exigencia sobre el “Test del Beneficio”. Ahora, las empresas deben probar rigurosamente que la actividad generó un valor económico real, forzando a los corporativos que superan los umbrales de ingresos de la legislación local (como los $13 millones de pesos para actividades empresariales o $1,062 millones en declaraciones informativas BEPS) a justificar con estricta sustancia financiera cada transacción realizada entre partes relacionadas.

Esto resulta de vital importancia para las MNE con presencia en México, considerando que los procesos de auditoría fiscal realizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se han incrementado de manera importante.

A continuación, se detallan los cinco (5) cambios estructurales más importantes que la función financiera en los MNE deben adoptar:

1. Elevación del “Test del Beneficio” a Estándar de Sustancia Económica

  • Demostrar de forma empírica que el servicio proporcionó un valor económico o comercial real que mejoró o mantuvo la posición de la filial. Se debe comprobar que si el servicio no se hubiera prestado internamente, la filial habría tenido que contratar a un tercero independiente o realizarlo con personal propio.

2. Prohibición Total de Margen (Markup) en Costos de Paso Directo (Pass-through)

  • Si la matriz actúa únicamente como intermediaria o agente de pago y no aporta un valor agregado real a la actividad, los costos deben traspasarse de forma neta, sin margen de utilidad.

3. Delimitación Estricta y Ampliada de “Actividades de Accionista”

  • La OCDE establece una lista mucho más restrictiva. Todos los costos vinculados a la estructura societaria y obligaciones exclusivas de la matriz (como la consolidación de estados financieros del grupo o las juntas de accionistas) deben ser absorbidos al 100% por la oficina central y no pueden ser trasladados ni deducidos por las filiales locales.

4. Institucionalización del Margen Fijo del 5% para Servicios de Bajo Valor

  • Se ratifica el enfoque simplificado global. Los MNE pueden agrupar estos costos operativos y aplicarles un margen de utilidad fijo del 5% sin necesidad de presentar un estudio de benchmarking. A cambio, las administraciones tributarias limitarán sus auditorías sobre el test del beneficio para estos servicios rutinarios.

5. Obligatoriedad de Métodos Avanzados para Servicios Complejos e Intangibles

  • La propuesta desincentiva el uso automático de métodos basados en costos para servicios de alto valor. Si el servicio involucra el uso o la creación de intangibles valiosos, o si ambas entidades comparten riesgos comerciales significativos, se vuelve mandatorio evaluar el método de Partición de Utilidades (Profit Split), analizando el rendimiento financiero real de cada parte en la cadena de valor.

Este borrador abre una consulta crítica que cierra el 22 de julio de 2026. Para los directores financieros el mensaje es contundente: la asignación automática de gastos terminó. El Comité Técnico Nacional de Precios de Transferencia del IMEF sugiere que las MNE validen/actualicen sus servicios internos antes de las mesas redondas presenciales de la OCDE en noviembre de 2026, evalúen la sustancia económica de sus flujos monetarios y se preparen para una fiscalización global sofisticada enfocada en la verdadera generación de valor económico.

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