Colaborador Invitado

Ingreso inflacionario, un efecto silencioso

El ajuste anual por inflación acumulable es una razón de peso para que, en un año como el actual, las empresas revisen y busquen un equilibrio en sus niveles de endeudamiento.

Mario Alberto Gutiérrez, socio de Impuestos Internacionales en PwC

Sin duda, la inflación es uno de los retos económicos que está definiendo el curso de las empresas y sus estrategias durante 2022. Según las proyecciones del Fondo Monetario Internacional, el incremento de precios en las economías emergentes, incluyendo México, alcanzaría hasta un 8.7 por ciento, un ritmo no visto desde la crisis financiera global del 2008. Mientras persisten los análisis y conversaciones sobre las razones que mantienen niveles inflacionarios no vistos en años, datos como el anterior ejercen presión sobre los directores financieros para que reajusten sus agendas de corto y mediano plazo con miras a estar mejor preparados. En este sentido, no deben descuidarse aquellos efectos cuyos impactos son mucho más perceptibles cuando la inflación aumenta de manera considerable. Tal es el caso del ingreso acumulable derivado del cálculo del ajuste anual por inflación en materia del Impuesto sobre la Renta.

Recordemos que la inflación es definida como el encarecimiento de los precios a consecuencia de la pérdida de valor del dinero a lo largo del tiempo; dicho de otra forma, es el cambio de valor que sufre la moneda ante los aumentos generales de precios por el transcurso del tiempo. Con base en ello, el ajuste anual por inflación se entiende como un ingreso acumulable o deducción autorizada que se origina a partir de la valuación que realiza cada contribuyente, con base en la Ley del Impuesto sobre la Renta, para reflejar el efecto inflacionario tanto en sus créditos, como en sus deudas. Es decir, es el reconocimiento fiscal del efecto inflacionario que sufren las compañías, en el poder adquisitivo de sus créditos y deudas como consecuencia del transcurso del tiempo.

Para entender cómo se determina el ajuste anual por inflación, pueden consultarse los artículos 44 al 46 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en los cuales se establece quienes están obligados a determinar este cálculo al cierre de cada ejercicio y la mecánica a cumplir; así mismo, proporciona las definiciones tanto de crédito como de deuda. Por último, se puede revisar el artículo 18 de la misma Ley, dedicado a definir qué se considera un ingreso sujeto al pago de impuesto sobre la renta y que incluye al ajuste anual por inflación que resulte acumulable en los términos del artículo 44 de la Ley del ISR. Asimismo, es importante señalar que los tribunales han concluido que el ajuste inflacionario constituye un ingreso real susceptible a ser gravado por el impuesto sobre la renta, ya que genera una utilidad objetiva, pues la inflación produce un demérito en el valor de la moneda y provoca cambios efectivos en el patrimonio de los contribuyentes.

Debido a lo anterior, es indudable que debe tomarse en cuenta dentro de la mecánica del impuesto inflacionario, en virtud de que este grava la renta global obtenida durante un ejercicio que incluye la totalidad de los ingresos en efectivo, en bienes, en servicios, en créditos o de cualquier otro tipo, así como los derivados de la disminución real de las deudas.

¿Cómo saber si se tiene la obligación de pagar impuesto como consecuencia del ajuste anual por inflación? Si el promedio anual de las deudas –el dinero que se pide prestado, por ejemplo– resulta ser mayor que el promedio anual de los créditos –el dinero que se presta–, dicha diferencia multiplicada por el ajuste anual por inflación se traduce en tener un ingreso anual por inflación acumulable y, por lo tanto, en principio, se deberán pagar impuestos por dicho ingreso fiscal. En cambio, si una organización tiene más créditos a cobrar que deudas a pagar, se determinará en sentido opuesto una deducción fiscal por motivo del ajuste anual por inflación deducible.

Considerando que el financiamiento es un recurso muy utilizado para apalancar el crecimiento de las empresas, es claro que muy pocas quedarán exentas del impacto fiscal ocasionado por el ajuste anual por inflación. De hecho, los resultados de la Encuesta de Evaluación Coyuntural del Mercado Crediticio, del Banco de México, indicaron que 77 por ciento de las empresas encuestadas utilizaron algún tipo de financiamiento (proveedores, banca comercial o de desarrollo, etc.) en el primer trimestre de 2022.

Dentro del marco que plantea el ajuste anual por inflación, los directores empresariales deben considerar que, a pesar de que el ajuste acumulable no se monetizará, la autoridad tributaria cuenta con las facultades para verificar el correcto pago de los impuestos correspondientes, incluyendo estos efectos.

El ajuste anual por inflación acumulable es una razón de peso para que, en un año como el actual, las empresas revisen y busquen un equilibrio en sus niveles de endeudamiento y también analicen con ojo clínico la decisión de financiarse y a través de qué instrumentos y condiciones.

Si bien existen posibles medidas para hacer frente a la escalada inflacionaria, como transferir a los precios el impacto total de los incrementos en costos y gastos (es decir, impactar al consumidor directamente) o aumentar la eficiencia interna con ayuda de nueva tecnología, lo primordial es comenzar por atender aquellos temas estrechamente relacionados con la estabilidad financiera de las empresas de una manera integral e identificando y atendiendo las causas de fondo.

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