El 22 de junio pasado se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Convocatoria para obtener patente de agente aduanal, con lo cual pasaron casi 25 años desde la última publicación en tal medio oficial para este tema, y casi 10 desde que se llevaron a cabo diversas reformas a la Ley Aduanera que generaron una esperanza de un proceso más constante para el otorgamiento de las mismas, aunque tampoco de esas reformas se dejaron claros varios puntos.
En lo particular se tienen muchas dudas al respecto del proceso, máxime si se tiene en cuenta que tanto la Ley Aduanera como la propia convocatoria son ambiguas en varios puntos, lo cual no permite tener una total certeza del proceso ni de que es lo que busca realmente la autoridad aduanera con dicha publicación, toda vez que si bien en la base primera de la convocatoria en comento se alude al artículo 25 de la Constitución (referente a la rectoría económica del Estado) y al Plan Nacional de Desarrollo, haciendo referencia al carácter de facilitador del comercio exterior que tiene la figura del Agente Aduanal y a la complejidad de formalidades y tecnicismos en la materia que requiere de profesionales con experiencia en el ramo no se establece un fin en si mismo.
En el entendido de que desde hace algún tiempo se han venido presentando amparos para obligar a la autoridad a que publique convocatorias dirigidas a personas específicas, pero por el otro se tienen grupos de poder que no quieren que este beneficio sea abierto, sin pasar por alto que en una gran cantidad de países se tiene, en proporción, una mayor cantidad de Agentes Aduanales a efecto de prestar un servicio a la comunidad, sin atender a intereses particulares de algunos grupos.
De igual forma tenemos que ni la Ley ni la convocatoria determinan que cantidad de patentes se buscan otorgar en este proceso, pudiendo ser desde solo una (ya que la Ley Aduanera no lo indica) o la totalidad de las solicitadas, que en caso de que fuera el último supuesto, en caso de que todos los participantes cumplieran con los exámenes de conocimientos y psicotécnicos que se llevaran a cabo, correspondería a 500 patentes, en cuanto a que este fue el número de participantes que se determinó en base a la posibilidad de 100 registros por 5 días; o si solo se buscara un número mínimo de patentes.
En este mismo sentido tenemos que cuestionar por que el número de 500 aspirantes y no más o menos, en cuanto a que la autoridad no justifica una necesidad de contar, con ese número adicional de Agentes Aduanales o algún otro, a efecto de así conocer que pasará en el caso de que solo un pequeño número de los inscritos logre aprobar.
Sin olvidar el hecho de que no se establecen los elementos que se tomaran en cuenta en los exámenes psicotécnicos, máxime si se tiene en cuenta que no existe normatividad al respecto, por lo que la evaluación puede ser en base a elementos subjetivos que puedan beneficiar a unos y rechazar a otros, lo anterior con independencia que se les darán a conocer los requisitos del citado examen toda vez que no se pronuncia sobre la forma de evaluación.
Esperemos que al final el proceso sea legal, real y que no existan beneficiarios ocultos y que al final del día los verdaderos expertos en estos temas sean los elegidos para prestar tan gran servicio al Estado Mexicano como auxiliares especializados del Comercio Exterior.