En estos últimos años se está haciendo más recurrentes las auditorias de la PROFEPA órgano administrativo desconcentrado de la SEMARNAT a las empresas IMMEX y no solo hablo de los aspectos relacionados con las inspecciones físicas en las plantas, en donde se verifican los procesos productivos, almacenajes de residuos peligrosos que cumplan con los estándares para minimizar la afectación al medio ambiente, sino también, a lo referente al AVISO DE MATERIALES IMPORTADOS BAJO RÉGIMEN TEMPORAL así como su AVISO DE RETORNO, vale la pena remarcar que, si no se cumple con estos avisos estamos hablando de una multa que oscilan de entre 4,149,980 a 10,374,500 pesos esto de acuerdo a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Artículo 112 fracción V por tal motivo es relevante revisar el cumplimiento de este tipo de trámites.
Lo primero que se recomienda es conocer los fundamentos legales de este tipo de requerimiento de SEMARNAT para poder cumplir en tiempo y forma con estos avisos, para esto la recomendación es que se lleve de manera conjunta entre el área de ambiental y el área de Import-Export, ya que es una responsabilidad compartida, 50% / 50% ¿por qué?, porque se involucra información de Importaciones temporales y exportaciones, así como también de conocimientos de trámites ambientales.
Si pueden observar este tipo de leyes, los que nos dedicamos a al área de Importaciones y Exportaciones, por lo general no las tenemos en el radar, de ahí la importancia de familiarizarnos con los términos y apoyarnos con el área de ambiental para estar ambos departamentos en la misma señal.
Lo segundo que se recomienda, proporcionar el listado al área de ambiental de todos los insumos importados temporalmente y ellos determinarían cuáles de estos insumos SI generarían residuos peligrosos y cuáles de estos insumos NO generarían residuos peligrosos.
¿Por qué digo esto? Puede haber insumos que importemos de manera temporal, que no requieran ningún permiso por parte de SEMARNAT, pero que pasa cuando entra al proceso productivo, puede que se contaminen con otro insumo, ahí se convierten en residuos peligrosos, es por eso la importancia de tocar base del área de ambiental.
Lo tercero que se recomienda es presentar un listado de todas las importaciones temporales que considere que NO generan residuos peligros y se presentaran por única ocasión de acuerdo el AVISO DE MATERIALES IMPORTADOS BAJO RÉGIMEN TEMPORAL al formato SEMARNAT-07-021, utilizando en forma física el formato con Homoclave FF-SEMARNAT-046 ante la DGGIMAR (Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas) ya sea en VUCEM o en el ECC (Espacio de contacto ciudadano de la SEMARNAT), según al diario oficial del 7 de octubre del 2022.
Algo importante que resaltar es que si por ejemplo elaboras planchas y a presentar por única ocasión el AVISO DE MATERIALES IMPORTADOS BAJO RÉGIMEN TEMPORAL que NO generan residuos peligros y por ejemplo el próximo año aparte de las planchas elaboras abanicos, sería necesario presentar por única ocasión el AVISO DE MATERIALES IMPORTADOS BAJO RÉGIMEN TEMPORAL de acuerdo al formato SEMARNAT-07-021, utilizando en forma física el formato con Homoclave FF-SEMARNAT-046 ante la DGGIMAR (Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas) ya sea en VUCEM o en el ECC (Espacio de contacto ciudadano de la SEMARNAT),esto de acuerdo al diario oficial del 7 de Octubre del 2022 que NO generan residuos peligros de los insumos, pero solo el de los abanicos y ya no más el de planchas porque ya lo registraste.
Vale la pena mencionar que la unidad de medida que solo acepta el reporte es en toneladas, todo lo referente a las instrucciones viene en el formato SEMARNAT-07-021, utilizando en forma física el formato con Homoclave FF-SEMARNAT-046.
Cuarto paso, sacar un listado de todas las importaciones temporales que considere que SI Generan Residuos Peligrosos ante la DGGIMAR(Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas) en la VUCEM o en el ECC (Espacio de contacto ciudadano de la SEMARNAT) y se presentará el AVISO DE MATERIALES IMPORTADOS BAJO RÉGIMEN TEMPORAL esto dentro de los 10 días hábiles siguientes a la importación temporal de materiales que generen residuos peligrosos.
Quinto paso, ya que se tengan identificados los residuos peligrosos para su retorno, se tendrá que generar el AVISO DE RETORNO DE RESIDUOS PELIGROSOS 10 días hábiles antes de efectuar el retorno, se informará a la DGGIMAR, en la VUCEM o en el ECC, su volumen y características a través del trámite SEMARNAT-07-021 utilizando en forma física el formato con Homoclave FF-SEMARNAT-046, especificando la modalidad de Aviso de retorno por primera vez o Aviso de retorno subsecuente, según corresponda.
Sexto paso, en el caso de los residuos peligrosos se pueda reciclar, se tendrá que generar el AVISO DE RECICLAJE DE RESIDUOS PELIGROSOS NO RETORNADOS, 10 días hábiles antes del reciclaje, se informará a la DGGIMAR, en la VUCEM o en el ECC, mediante el trámite SEMARNAT-07-021 utilizando en forma física el formato con Homoclave FFSEMARNAT-046
Dependiendo de que es lo que aplique en cada planta, se aplicara el quinto paso o el sexto paso o ambos, esto ya dependerá de su análisis que aplique y que no aplique.
El autor es miembro del comité de comercio exterior de Index Nuevo León.