Monterrey

Armando Megloza: “¿Patente de corso?”

Con el fin de frenar la inflación el Gobierno federal suscribió un acuerdo denominado Acuerdo de Apertura contra la inflación y la carestía.

El día 3 de octubre del 2022 conocimos que el Gobierno Federal en la búsqueda de frenar la inflación suscribió un acuerdo complementario al Paquete Contra la Inflación y la Carestía (PACIC) denominado Acuerdo de Apertura contra la inflación y la carestía (APECIC) con 15 empresas privadas, lo cual de inicio sonaría interesante.

Sin embargo, dicho acuerdo deja, como otras tantas veces, muchas preguntas sin respuesta, máxime si se tiene que solo a dichas empresas se les otorga una “Licencia Única Universal” que no tiene antecedente histórico y que claramente ninguna Ley contempla, que ni hablar de la Constitución Federal que señala que el ejecutivo federal cuenta con facultades para en caso de emergencia suprimir o disminuir los impuestos a la importación más nunca para otorgar privilegios exclusivos a un determinado grupo, tema que el actual gobierno federal siempre ha señalado estar en contra.

Es importante que también se observe que la Constitución en ninguna parte otorga facultades al Ejecutivo Federal para eliminar el cumplimiento de regulaciones y restricciones no arancelarias que se encuentren determinadas en Ley, y menos aún a un grupo en particular, en el entendido que lo más que puede es restringir o prohibir la importación de ciertos bienes en general.

Con dicha “licencia única” a estas empresas se les exime de todo trámite o permiso para las actividades de importación y distribución de alimentos e insumos para su envase, incluyendo los del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad (SENASICA) y de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), así como del pago del impuesto general de importación.

Claramente podemos cuestionar la razón de porque solo a ciertas empresas se les concedió dicho beneficio, máxime que si lo que se busca es atacar la inflación, claramente se tiene que entre más empresas puedan acceder a tal benefició será más rápido y más contundente el alcanzar la meta que se busca.

En el entendido de que si bien se dejó abierta la puerta para que más empresas del sector alimentario se sumen más adelante, no se conocen las reglas para que esto suceda, además de que no se entiende las razones para permitir que no se cumplan con los permisos SENASICA y COFEPRIS, lo que claramente otorga un trato discriminatorio para quienes si lo tienen que pedir, además de que su intervención es una necesidad importante, por lo que bien se pudo determinar que existiera un grupo dentro de estas dependencias que dieran una atención expedita a las empresas suscriptoras del acuerdo, y porque no a todas aquellas que se encontraran en circunstancias similares, pero no que las eximiera de sus obligaciones.

Es interesante que ni a los medicamentos ni a los productos de salud que eran necesarios durante la pandemia se les hubiera otorgado algún beneficio ya no digamos igual sino medianamente similar para poder atender la crisis sanitaria.

Dentro de los tantos temas que no se entiende se encuentra el que el ejecutivo federal indica que con dicha medida se ayudará al libre comercio y se generará competencia, pero al limitarlo a solo un grupo esto claramente no puede actualizarse.

En ese momento es cuando el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (AFC) publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de abril del año 2017 debería de ser usado para que las dependencias que tienen que ver con la importación de productos de consumo básico o que se relacionen con los mismos agilicen sus procesos, facilitando realmente el comercio exterior sin violentar las normas en beneficio de unos cuantos de quienes todos tendremos que esperar su mejor compromiso para que nadie dentro de sus empresas cometa actos que puedan causar una afectación, esperando que la buena fe e intención sean suficientes.

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