Antes que nada siempre agradecidos con el espacio que cada semana nos brinda el Financiero Bloomberg para incentivar la cultura contributiva.
Destacar primero que en 2011 entró en vigor la Ley para la Prevención y Combate al Abuso del Alcohol y de Regulación para su Venta y Consumo para el estado de Nuevo León, cuyo objeto es proteger la salud frente a riesgos derivados del abuso en el consumo de bebidas alcohólicas.
Ahora bien, para el cumplimiento de este objetivo se regula la venta y consumo de alcohol en establecimientos comerciales, así como el otorgamiento de licencias.
De ahí que, desde hace 11 años el Gobierno Estatal es quien tiene la facultad de emitir las Licencias para operar establecimientos que vendan alcohol; por su parte, los Municipios son encargados de emitir la anuencia municipal, que no es otra cosa que una opinión favorable para el otorgamiento de la Licencia estatal.
Por lo cual, si bien la anuencia es un requisito para el trámite de la Licencia, es importante resaltar que en tanto un contribuyente no obtenga la Licencia Estatal, previo pago de derechos, no puede operar su negocio.
¿Cuales serían las consecuencias por operar sin una Licencia de Alcohol? Conforme a la Ley de referencia, además de una multa, procede la clausura definitiva del local comercial en el que se realice la actividad, donde los inspectores municipales (que son quienes cuentan con esta atribución conforme a la Ley) podrán asegurar o retener las bebidas alcohólicas.
Una vez que se obtiene una Licencia, el contribuyente tiene entre otras, la obligación de refrendar anualmente el pago de derechos, así como operar sólo el giro autorizado, revalidar anualmente su anuencia municipal y tener en el establecimiento la licencia de operación expedida, con la que acredite su legal funcionamiento.
Es por ello, que en la Dirección General de Servicios al Contribuyente de la Subsecretaría de Administración Tributaria de Nuevo León de la Tesorería del Estado (autoridad facultada para recibir este trámite de solicitud de Licencias estatales de Alcohol), estamos comprometidos en asesorar debidamente a los contribuyentes para el correcto cumplimiento de sus obligaciones, además de facilitar y resolver todas las dudas para los trámites que presenten en nuestras oficinas ubicadas en Pabellón Ciudadano.
Si cumplimos con estos derechos, contribuimos, fortalecemos y crecemos.
AUTORA:
Erizol Adame Moguel
Coordinadora Jurídica de la Dirección General de Servicios al Contribuyente del SATNL.