En esta ocasión quiero aprovechar este espacio para referirme a la Carta Porte, ya que cada vez está más cerca el cumplimiento cabal de la obligación de emitir esos comprobantes que acompañarán el traslado de las mercancías.
Es importante observar que a partir del primero de enero del próximo año 2022 entrará en vigor el complemento Carta Porte “versión 2.0″, el cual deberán adjuntar al Comprobante Fiscal Digital por Internet, o CFDI por sus siglas, como es como normalmente se le conoce a la factura electrónica (de ingresos o traslado) correspondiente quienes trasladen mercancías por territorio –vía terrestre (federal), marítima, fluvial, aérea o ferroviaria–.
Pero ¿quiénes están obligados a presentar este complemente o innovación de la Carta Porte? Por un lado, los contribuyentes dedicados al servicio de transporte de carga general y especializada deberán emitir el aparejado de un CFDI de ingreso; la expedición del mismo será de acuerdo con el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”, publicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su portal.
Aquí vale la pena resaltar que aquellos que presten el servicio de paquetería y mensajería, de grúas de arrastre y de grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos, así como de traslado de fondos y valores o materiales y residuos peligrosos, entre otros servicios que impliquen la transportación de bienes o mercancías, también tendrán que emitir dicho documento cuando se circule por vía terrestre, férrea, marítima o aérea. Por otro lado aquellas empresas IMMEX que por sus propios medios de transporte trasladen sus mercancías por vías federales, tendrán que acompañarlas con un CFDI de traslado con complemento Carta Porte.
En este contexto, y cómo ya lo he expresado en otras ocasiones, dada mi experiencia en la automatización de procesos de mejora continua de las actividades administrativas y cumplimiento de las empresas exportadoras e importadoras, considero sumamente valioso en un proceso el factor de la innovación, aprovechando tecnologías de rastreo y trazabilidad permanente y nuevas opciones que ayudan a sostener la creatividad y abrir un abanico de posibilidades para incursionar en nuevos mercados.
La Carta de Porte Digital viene a sustituir a la tradicional carta de porte en papel, documento obligatorio en los transportes internacionales de mercancías por carretera, ya que con el método analógico “Customer Relationship Management” o CMR, se gestionaban documentos en formato físico, ocasionando costos innecesarios y una mayor probabilidad de error en la verificación.
Ahora con esta innovación las empresas y sus socios logísticos tendrán a su alcance una trazabilidad integral de mercancías, certeza en la gestión de riesgos y reducción de trámites burocráticos.
Además de tener acceso a información en tiempo real sobre el estatus de cada CMR pero ahora en forma electrónica, con la integración de tecnologías con el que se podrá adelantar el proceso de facturación sin esperar la recepción del original.
Sin embargo, también vale la pena atender algunas previsiones, ya que habrá que tomar el ultimo mes de este año para prepararse con aprendizaje para evitar posibles fallas.
A partir del 1o. de enero de 2022, las cosas serán diferentes y habrá repercusiones.
Así es, será hasta el próximo año cuando la autoridad empezará a sancionar a quienes emitan comprobantes sin esos requisitos. De acuerdo con información difundida con la autoridad, esto significa que los infractores se harán acreedores la imposición de una multa que va de 17 mil 020 pesos a 97 mil 330 pesos; además que las cantidades amparadas en esos comprobantes no podrán deducirse o acreditarse fiscalmente (arts. 29 A, antepenúltimo y 83, fracción VII y 84 IV inciso a), CFF), esto sin olvidar las demás sanciones aplicables.
De ahí que se recomiende poner atención, a las mercancías que se desplacen de la empresa a la aduana de salida del país (exportación), o empresa IMMEX, tratándose de operaciones virtuales de exportación e importación temporal.
Es importante que todas las empresas de Nuevo León, que son altamente exportadoras e importadoras, consideren estos cambios. Por ello, para temer más certeza, en la edición digital 499 de fecha 30 de noviembre de 2021, puede consultarse lo relacionado con las últimas publicaciones de ajustes a las reglas en materia fiscal, en lo referente a la versión 2.0 del complemento de Carta Porte.
La autora es fundadora de ITS Trade and Tech Solutions, empresa galardonada por la Fundación Premio Nacional de Exportación A.C con el “Premio Nacional de Exportación 2020″ en la categoría de empresa prestadora de servicios.