Por primera vez desde 1917, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sesionará fuera de su sede en la Ciudad de México. Este jueves 26 de febrero, llevará a cabo su primera sesión extraordinaria en territorio, en el municipio de Tenejapa, Chiapas.
Esta disposición se deriva de la reforma reciente al Reglamento de Sesiones de la SCJN, publicada el 4 de septiembre de 2025, la cual faculta al Pleno para deliberar en territorio cuando existan razones sociales que lo justifiquen, a petición de alguno de los ministros o de la propia ciudadanía.
La Corte explicó que llevar sus sesiones a otros puntos del país busca acercar la justicia constitucional a comunidades históricamente marginadas y pueblos originarios, así como fortalecer la transparencia, la legitimidad institucional y el acceso efectivo a la justicia.
La elección de Tenejapa como primera “parada” de la Corte itinerante no es casual. Chiapas concentra una de las mayores poblaciones indígenas del país, con presencia de 12 de los 68 pueblos originarios reconocidos constitucionalmente.
A ello se suma que cerca del 70 por ciento de su población enfrenta pobreza multidimensional, según datos del Inegi y estimaciones del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval).
SCJN en Tenejapa: autogobierno indígena y disputa por la charrería en la agenda
La sesión extraordinaria de la Suprema Corte está prevista para las 12:00 horas en la explanada de la Casa de la Cultura de Tenejapa, donde el Pleno analizará tres asuntos relacionados con derechos indígenas.
El más relevante es el amparo en revisión 344/2025, promovido por la comunidad indígena tsotsil de La Candelaria, que reclama el reconocimiento legal de su autogobierno.
El proyecto, promovido por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, plantea que el Congreso local incurrió en una omisión legislativa al no emitir el marco normativo necesario para hacer efectivo el derecho a la libre determinación de los pueblos reconocido en el artículo 2 de la Constitución.
El segundo tema en análisis es una controversia constitucional promovida por la Presidencia de la República contra el Gobierno de Hidalgo, luego de que en 2024 esa entidad declarara a la charrería como patrimonio cultural intangible estatal. El Ejecutivo federal argumentó que dicha declaratoria invadía competencias exclusivas de la Federación.
El proyecto, elaborado por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, sostiene que el gobierno hidalguense sí contaba con facultades para emitir esa declaratoria en el ámbito local, por lo que propone validar la actuación estatal.
El tercer punto, a cargo del ministro Arístides Guerrero García, corresponde a un amparo en revisión promovido por la comunidad indígena rarámuri de Tehuerichi, ubicada en el municipio de Carichí, en Chihuahua. Desde 2012, ante la ausencia de servicios oficiales, la comunidad emite sus propias actas de nacimiento y defunción.
El proyecto propone reconocer al gobierno tradicional rarámuri, validar los documentos expedidos por la comunidad y vincular a diversas dependencias públicas para implementar políticas interculturales que garanticen el derecho a la identidad.







