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Corte valida amparo de Movistar para evitar pago por 4 mil 442 mdp en ISR a Hacienda

La Corte determinó que la SHCP carece de legitimidad para impugnar la protección judicial otorgada a Pegaso PCS; la resolución cierra un litigio fiscal que se arrastraba desde hace una década.

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La Corte le dio la razón a Movistar en un litigio con Hacienda. (FOTO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO.COM) (Andrea Murcia Monsivais)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) no tiene legitimidad para interponer un recurso de revisión contra el amparo concedido a Telefónica Movistar, cuya razón social es Pegaso PCS, S.A. de C.V., por un crédito fiscal de 4 mil 442 millones de pesos.

En la decisión, para resolver el amparo directo en revisión 1172/2025, quedó firme la sentencia que otorgó la protección judicial a la empresa de origen español, por lo que la firma de telecomunicaciones móviles no deberá pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio fiscal 2015.

Al analizar el expediente, la mayoría del Pleno de la SCJN concluyó que la autoridad hacendaria, en su carácter de tercera interesada, carecía de legitimación procesal para promover el recurso, lo que llevó a desecharlo y mantener incólume la resolución favorable a la compañía.

“En el caso no se advierte que subsista una cuestión de constitucionalidad de leyes que afecte a la autoridad recurrente, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tercera interesada en el juicio de amparo, pues ésta carece de legitimación ad causam, presupuesto procesal indispensable para la procedencia del recurso (…) Lo procedente es desechar el recurso de revisión interpuesto por la autoridad recurrente y dejar firme la sentencia recurrida”, declaró la Suprema Corte tras resolver el amparo directo en revisión 1172/2025.

¿Cómo surgió el litigio entre Movistar y Hacienda?

El litigio se originó tras la negativa del Servicio de Administración Tributaria para permitir a Pegaso PCS la deducción de gastos derivados de una fusión empresarial realizada en 2014, lo que derivó en 2019 en la determinación de un crédito fiscal millonario.

En 2022, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa confirmó el crédito a favor de la autoridad. Sin embargo, en 2023 el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito declaró su nulidad, fallo que ahora quedó firme tras la decisión del máximo tribunal.

La resolución representa un alivio financiero para la filial mexicana de Telefónica, que en los últimos años ha enfrentado presiones competitivas y financieras en un mercado móvil altamente concentrado y con una base de usuarios estancada.

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