Mexicanos Primero

Una reforma digna para el derecho a aprender

La Ciudad de México es la primera entidad que incorpora el derecho al libre desarrollo de la personalidad en su legislación educativa.

El autor es Director de Judicialización de Mexicanos Primero, @feralc23.

Hace un par de semanas, el Congreso de la Ciudad de México aprobó una reforma a la Ley de Educación de la Ciudad, la cual ya fue publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. En vez de hablar de los cambios que, francamente, son más que bienvenidos, la discusión pública giró en torno a si la Ley le había quitado el carácter de obligatoria a la educación preescolar (y a la educación primaria, siendo estrictos). Además de que, como lo dijo la Jefa de Gobierno, efectivamente se trata de un tema de interpretación, la Ley de la Ciudad de México simplemente no va a contraponerse a lo establecido por el artículo 3º constitucional, el cual establece de manera inequívoca la obligatoriedad de toda la educación básica.

Hablemos de lo que verdaderamente importa, empezando por la definición del derecho a la educación que hace la Ley. La educación es un “derecho humano inalienable, un deber primordial y un bien público indispensable (…)” y es “(…) la base para el ejercicio pleno de derechos, libertades, con equidad, respeto a la diversidad e inclusión”. Esta definición es un gran complemento a lo establecido por el artículo 3º, toda vez que se refuerza el enfoque de derechos que el derecho a aprender reclama.

La Ciudad de México es la primera entidad que incorpora el derecho al libre desarrollo de la personalidad en su legislación educativa. ¿En qué se traduce esto? En que las niñas y niños puedan usar el uniforme que quieran, pero también en que las escuelas no pueden rechazar o prohibirles la entrada por su apariencia física (el corte de cabello, el color, aretes, etc.). Se trata de un avance importantísimo, ya que, a pesar de que estas restricciones eran abiertamente inconstitucionales, en la práctica niñas, niños y adolescentes (NNA) en todo el país sufrieron violaciones y ataques simplemente, por ejemplo, decidir no usar una falda. Esto se traduce en un ejercicio más efectivo del derecho a aprender porque este tipo de acciones atraen a las NNA en lugar de ahuyentarles y permite una mejor participación en el salón de clases.

Con la reforma, la Ley de Educación de la Ciudad de México también incorpora el Subsistema de Educación Comunitario, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI). La educación comunitaria tiene como objetivo atender a la población marginada, sin importar su edad, para que puedan ejercer su derecho a aprender. Es más flexible y no se apega al sistema escolarizado tradicional, por lo que en muchos casos son niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos desplazados los que se benefician de ella. Es, pues, una herramienta poderosa para ampliar el alcance del derecho a aprender y es una excelente forma de caminar hacia una verdadera educación inclusiva e intercultural, como lo establece el artículo 3º constitucional.  Adicionalmente, los programas de apoyo “Uniformes y Útiles Escolares Gratuitos” y “Mi Beca para Empezar”, previstos por el Fideicomiso de Educación Garantizada, ahora son considerados derechos.

Aunque se trata de una reforma sumamente valiosa, su alcance se limita a las 16 alcaldías de la Ciudad de México. Necesitamos este tipo de reformas, particularmente en lo que respecta al derecho al libre desarrollo de la personalidad, en todo el país o, mejor aún, en la Ley General de Educación. Sólo así podremos proteger el derecho a aprender de NNA de ataques y violaciones fácilmente evitables. Bien por la Ciudad de México por poner el ejemplo.

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