Mauricio Jalife

Toma Conacyt, para sí, propiedad intelectual de institutos

Los derechos de propiedad intelectual, hasta hoy, pertenecen a las universidades o instituciones que albergan al investigador. Si el Conacyt los adquiere sería un error grave.

Bajo la falacia de que: ‘el que paga manda’, la reciente convocatoria del Conacyt para investigadores e investigadoras de centros de investigación y de educación superior del sector público, incluye una cláusula que condiciona como propiedad del Consejo la innovación y creaciones generados al amparo de sus programas. Esta disposición irrumpe en nuestro medio sin precedente alguno y merece, cuando menos, ser puntualmente cuestionada.

En sí, la novedosa disposición establece que, salvo pacto en contrario, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología será titular de los derechos de propiedad intelectual que deriven de las obras, procesos, patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños industriales, innovaciones o cualquier otro producto de investigación humanística científica, desarrollo tecnológico o innovación que realice o produzca el personal del programa.

Para entender las dimensiones del cambio hay que recordar, en aras de la claridad, que tradicionalmente los apoyos que el Conacyt otorga a los investigadores son remuneraciones adicionales al salario básico que cada universidad o centro de investigación pacta con su personal. Este tipo de incentivo tiene como propósito fundamental otorgar una facilidad para que el investigador pueda dedicar tiempo a sus tareas en la producción de conocimiento, sin tener que distraerse en otras actividades para solventar sus gastos.

¿Existe alguna justificación para que el Conacyt se erija en propietario de las patentes o los derechos autorales generados por el hecho de pagar esas cuotas adicionales? ¿Hay en ello algún beneficio para el país?

Hasta hoy, es el centro de investigación o la universidad que alberga al investigador el que se arroga la titularidad de los derechos emergentes, para decidir posteriormente la mejor ruta para su explotación, misma que, por cierto, requiere de gran capacidad técnica y de gestión para concretarse. El simple ranking del número de patentes que posee cada universidad se convierte en un aliciente para incrementar anualmente la producción, que se perdería bajo la nueva fórmula. Otra grave afectación es que la universidad generadora de la patente pierda la posibilidad de recompensar al investigador de acuerdo a su reglamento interno, desestimulando la labor de ambos.

Si el Conacyt argumenta que la segunda parte de la disposición supera las objeciones se equivoca. Poder otorgar, a la universidad o centro de investigación, mediante convenio, licencias gratuitas no exclusivas sobre los derechos de propiedad intelectual que ellos mismos generaron es como dejar que el dueño de la casa duerma en el garaje.

Esta disposición, que de entrada parece poco pensada y que puede generar grandes descalabros, responde a esta tendencia por centralizar y acumular bienes y recursos en una entidad del Estado, para desde ahí controlar las decisiones. Si lo que buscamos, como país, es generar tecnología protegible jurídicamente y que produzca riqueza en todas las formas posibles, el modelo debe democratizarse y permitir que sean sus generadores directos, institutos y universidades, quienes asuman la dirección y responsabilidad de su buen manejo. Centralizar y burocratizar la propiedad intelectual del sector público en una sola entidad es un error grave y superarlo nos tomará lustros.

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