Con una sencilla declaración, la doctora Olga Sánchez Cordero dejó muy clara la importancia de su llegada al Senado de la República. Dijo lo que se tenía que decir desde el Poder Legislativo: ninguna resolución del Instituto Nacional Electoral está por encima de la ley. Las decisiones de este órgano legislativo no pueden contradecir lo que diga el Congreso de la Unión.
Una vez que se apruebe la Ley de Revocación de Mandato que discutirán las cámaras legislativas federales, quedarán derogadas todas las disposiciones del INE que contradigan lo dicho en este ordenamiento.
Y es que al INE le ha dado en los últimos tiempos por asumir las funciones de juez cívico, policía, censor y legislador.
Cabe recordar que la aprobación de normas generales corresponde al Poder Legislativo. Al INE le toca operar, ejecutar y cumplir lo que digan las leyes.
También es importante tener en cuenta que la revocación de mandato es una institución incorporada al texto de la Constitución con el voto de legisladores pertenecientes a todos los partidos.
No es una decisión unilateral del presidente Andrés Manuel López Obrador o de un partido.
La discusión de la ley en cuestión es indispensable para reglamentar un conjunto de aspectos que la norma fundamental no detalla.
Por ejemplo, la formulación de la pregunta.
Fue muy criticada la redacción de la pregunta realizada en la consulta del primero de agosto. Existe ahora la exigencia ciudadana de que la pregunta sea clara, sencilla, que no dé lugar a confusiones.
Que permita un entendimiento incontrovertible del ciudadano y una respuesta indubitable.
Otro asunto se relaciona con la difusión de este ejercicio ciudadano. También fueron muy criticados la omisión de y el bloqueo a la difusión en la consulta pasada. El INE hizo poco por difundirla, pero tampoco permitió que otros entes pudieran darle amplia difusión a la misma.
Sería muy positivo que el ejercicio de revocación o ratificación del mandatario pudiera ser promovido, difundido por entes de muy diverso tipo a fin de lograr el máximo conocimiento y comprensión del mismo por la ciudadanía.
Ahora bien, tratándose de una nueva forma de participación ciudadana, resulta indispensable hacer accesible a las y los ciudadanos este ejercicio al máximo posible. Por eso es necesario contar con tantas casillas como en una elección presidencial. También fue muy criticado en la pasada consulta ciudadana del primero de agosto que el número de casillas se redujera a casi una tercera parte de las que hubo en la elección constitucional del mismo año. Y los domicilios de muchas fueron cambiados. Ese tipo de decisiones dificultó la participación de muchas personas que en otras condiciones hubieran acudido a las urnas. Debe partirse de un principio básico: si la consulta es para decidir si se queda o se va el Presidente en funciones, el número de casillas debe ser igual al de una elección presidencial.
Finalmente se encuentra un tema nodal: el de la libertad en el debate. Dicho asunto es de tal trascendencia que no cabe la censura. Que opine quien quiera opinar. Estamos hablando de saber si el mandatario en funciones debe dejar el cargo o debe quedarse. No es cualquier cosa.
Es de esperarse que haya opiniones en favor y en contra, y cada una tiene sus argumentaciones y razones. Ambas deben tener espacio para expresarse.
Pero en ese marco se encuentra también la propia opinión del Presidente. En un proceso en el que puede darse un duro cuestionamiento a políticas y decisiones presidenciales debe existir la plena garantía de que el Presidente podrá defenderse de las críticas y exponer ampliamente las razones de su gestión gubernamental. No hay cabida para vedas mal entendidas que pretendan censurar la voz presidencial justo en un ejercicio que es sobre la labor presidencial.
Los temas están sobre la mesa. El Congreso tiene la palabra.
El autor es secretario de Gobierno de la CDMX.