Despertador

Consulta y soberanía popular

La democracia participativa cancela la idea de que la política es para las élites. Esta visión progresista, que la soberanía radica en el pueblo, tienes raíces en nuestra historia constitucional.

Senador de la República

Uno de los compromisos históricos de la izquierda en México es ir más allá de la democracia representativa y  avanzar en formas participativas que permitan a la ciudadanía involucrarse y tomar parte en las decisiones sobre asuntos públicos.

Por eso me parece relevante que esta semana el Senado de la República aprobara reformas a la Ley Federal de Consulta Popular. De dichas modificaciones, resalto los siguientes aspectos importantes:

Primero. Hace congruente el contenido de la ley con la reforma constitucional publicada en 2020. Pues sin esta reforma, la Constitución diría una cosa y la ley otra.

Segundo. En esta reforma se determina el procedimiento mediante el cual el Instituto Nacional Electoral celebrará la consulta popular.

Tercero. Se incorpora la consulta popular en casos de trascendencia regional. Esto acerca este instrumento de participación a las comunidades y lo convierte en una herramienta útil para problemáticas locales.

Cuarto. Hay un aspecto novedoso que es la recolección de firmas que podrá realizarse también de manera digital. Así se facilita el cumplimiento de los requisitos para solicitar consultas.

Quinto. Se introduce el lenguaje igualitario dentro de los artículos que contiene la reforma. Aunque falta una revisión del resto del articulado.

Sexto. Se establece que la consulta popular se celebrará el primer domingo de agosto y no el mismo día de la jornada electoral federal. Con ello, se da satisfacción a una exigencia de las fuerzas políticas de la oposición para que la realización de las consultas no coincidieran con las elecciones constitucionales.

Séptimo. Se establece que los partidos políticos con registro nacional tendrán derecho a nombrar un representante ante cada mesa directiva de casilla, así como un representante general y se fijan términos, procedimientos y funciones en que esta participación deberá darse. Esto es de la mayor importancia, pues de otra forma sería muy difícil vigilar el proceso que conlleva una consulta popular.

Octavo. Debe señalarse que, en México, nunca ha habido una consulta popular nacional formal. Han habido ejercicios locales, como la consulta del segundo piso en la Ciudad de México, por ejemplo, u otras de carácter ciudadano, como las consultas zapatistas, pero formalmente nunca ha habido una consulta nacional convocada por los órganos del Estado. Esta que se realizaría en agosto sobre el juicio a los ex presidentes y otros actores políticos, sobre estas bases, sería la primera.

Noveno. Ahora podrá haber consultas en año no electoral. Hasta podría haber una consulta cada año. Se rompe así la camisa de fuerza que impedía la realización de la consulta en año no electoral.

Décimo. Queda claramente establecido que no puede haber consultas para prolongar el mandato presidencial.

Con todas estas reformas, además, se evita que una omisión del Legislativo se convierta nuevamente en pretexto para que el INE, indebidamente, se arrogue facultades legislativas que no le corresponden, como lo ha hecho en otros casos.

La democracia participativa cancela la idea conservadora de que la política es para las élites. En el debate celebrado en el Senado pudo observarse de forma clara este contraste de posiciones entre progresistas y conservadores. Entre quienes defienden la política como un privilegio de las castas y quienes defienden la participación política como atribución de toda la ciudadanía.

Esta visión progresista, que asume que la soberanía radica en el pueblo, tienes raíces en nuestra historia constitucional.  Ya en 1813, en Los Sentimientos de la Nación se advertía:

“Como el gobierno no se instituye por intereses particulares de ninguna familia, de ningún hombre o clase de hombre, sino que se crea para la protección y seguridad general de todos los ciudadanos unidos voluntariamente en sociedad, (…) Por consiguiente, la soberanía reside originariamente en el pueblo”.

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