En un artículo publicado el 3 de agosto de 2026 en Kellogg Insight, William Towns (profesor adjunto del programa de Impacto Social y Sustentabilidad de la Kellogg School of Management de Northwestern University) junto con Yifan Wu, plantea una tesis que interpela directamente a las empresas con vocación social: quienes buscan atraer capital de impacto deben presentar simultáneamente un caso de negocio sólido y un beneficio social convincente, pero el orden importa (primero el negocio, después el impacto).
En un entorno donde los eslóganes sobre “hacer el bien mientras se genera dinero” han perdido credibilidad, los inversionistas exigen ver la economía subyacente, las decisiones operativas que producirán el impacto prometido y los indicadores de desempeño que permitirán medirlo.
Para lograr este equilibrio, Towns propone cuatro principios orientadores. Primero, establecer el caso de negocio: una misión social atractiva no compensa un modelo de negocio débil. Los inversionistas de impacto, lejos de ser filántropos desinteresados en el rendimiento financiero, aplican el rigor y la disciplina de las finanzas modernas mientras persiguen intencionalmente beneficios sociales o ambientales medibles; las presentaciones más convincentes demuestran cómo la rentabilidad y el propósito se refuerzan mutuamente, con vínculos específicos y verificables entre ambos. Segundo, definir con claridad los valores que guían la empresa: más allá de una declaración genérica de propósito, inversionistas, clientes y empleados deben comprender qué defiende la empresa, qué implican esos compromisos en la práctica y qué decisiones tomará cuando sus valores estén bajo presión. Tercero, integrar propósito y estrategia de manera visible, de modo que la misión social sea la guía de las decisiones estratégicas de la compañía y no un complemento aislado del modelo de negocio. Y cuarto, apostar por la transparencia radical: los líderes deben reconocer concesiones, efectos negativos y áreas donde su control es limitado, en lugar de presentar una imagen artificialmente positiva.
Estas reflexiones adquieren una relevancia singular al considerar el entorno regulatorio actual en Estados Unidos, donde el marco normativo en materia de sustentabilidad corporativa atraviesa una reconfiguración sin precedentes recientes. Desde enero de 2025, el Gobierno Federal ha modificado sustancialmente su postura hacia las regulaciones climáticas y ESG (ambientales, sociales y de gobernanza), generando un escenario de profunda incertidumbre normativa para las empresas que operan en ese mercado. La Agencia de Protección Ambiental (Environmental Protection Agency, EPA) implementó 31 acciones de desregulación que abarcan normativas sobre plantas de energía, la industria de petróleo y gas, y los programas de reporte de gases de efecto invernadero. La Comisión de Bolsa y Valores (Securities and Exchange Commission, SEC) abandonó la defensa de las Reglas de Divulgación Climática adoptadas en 2024 y, en mayo de 2026, propuso formalmente su rescisión, eliminando un referente que hubiera estandarizado la información climática disponible para los inversionistas a nivel federal.
A nivel subnacional, la fragmentación regulatoria es creciente y preocupante: 48 proyectos de ley orientados a restringir los criterios ESG en la toma de decisiones de inversión en 18 estados, órdenes ejecutivas para impugnar leyes estatales climáticas, investigaciones antimonopolio contra los principales gestores de activos (BlackRock, State Street y Vanguard), y el cierre de áreas de ESG en entidades paraestatales como la Asociación Federal Nacional Hipotecaria (Federal National Mortgage Association, Fannie Mae).
No obstante, existen contrapesos relevantes que impiden hablar de un desmantelamiento completo. En febrero de 2026, un tribunal federal en Texas declaró inconstitucional la ley estatal que restringía inversiones en empresas consideradas “boicoteadoras” de la industria energética, por vulnerar la Primera Enmienda, un precedente con potencial efecto persuasivo en otros estados con legislación similar. Estados como California, Nueva York, Nueva Jersey, Colorado e Illinois continúan desarrollando marcos de divulgación climática propios, configurando un régimen de transparencia liderado desde lo subnacional. Desde la perspectiva empresarial, numerosas empresas mantienen y profundizan sus estrategias de sustentabilidad, particularmente aquellas que han integrado estos esfuerzos como parte de su propuesta de valor y ventaja competitiva a largo plazo.
La próxima semana publicaremos la segunda parte de esta nota, donde analizaremos cómo el resto del mundo avanza en regulación ESG mientras Estados Unidos retrocede, el reto mayúsculo que enfrentan las empresas multinacionales ante jurisdicciones regulatorias cada vez más dispares y el caso de México como referente emergente en América Latina.
