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Tribunal ordena sanción a Rocío Nahle por violar ley electoral

La secretaria de Energía difundió propaganda gubernamental en Twitter durante las campañas.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó dar vista al presidente Andrés Manuel López Obrador y al Órgano Interno de Control de la Secretaría de Energía para sancionar a la titular de la dependencia federal, Rocío Nahle, por violar la ley electoral.

La magistrada y magistrados de la Sala Superior del TEPJF resolvieron que Nahle incurrió en una falta “grave ordinaria” por difundir propaganda gubernamental en Twitter durante las campañas electorales, lo cual está prohibido.

Al resolver una queja presentada por el partido Movimiento Ciudadano (MC), las autoridades también ordenaron dar vista de la sentencia al Órgano Interno de Control de la Secretaría de Energía, para que actúe en consecuencia.

MC denunció a Nahle por la difusión de mensajes el 30 de abril y 12 de mayo a través de su cuenta de Twitter, y argumentó que la funcionaria pública vulneró los principios de imparcialidad y equidad en la elección.

Asimismo, el partido la señaló de usar de programas sociales en favor de Morena, con lo que incumplió la ley.

La Sala Especializada reconoció por unanimidad que los mensajes de Nahle generaron propaganda gubernamental durante las pasadas campañas electorales, las más grandes de la historia.

La Sala expuso que del contenido de las publicaciones se advierte propaganda gubernamental al tratarse de presentación de obras y acciones de gobierno, cuya difusión buscó la aceptación de la gente.

También observó que los mensajes se realizaron durante el periodo de campañas federales y locales, lo que contravino el mandato constitucional, pues no estaban dentro de las excepciones que prevé la Constitución.

La vista al Órgano Interno de Control sólo se aprobó por mayoría de votos, pues el magistrado Espíndola anunció un voto concurrente al considerar que con la vista al presidente de la República era suficiente.

El magistrado dijo que este tipo de acciones deben ser sancionadas exclusivamente por infracciones ligadas a la ley electoral y no debe abrirse la puerta para un procedimiento distinto.

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