Política

Publican reforma energética en el Diario Oficial


 
Redacción
 
La reforma energética decretada constitucional hace apenas unas horas ya fue publicada en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación.
 
Tras haber sido aprobada por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión hace una semana, y durante el trascurso de ésta por los Congresos estatales, el Ejecutivo firmó el documento para que éste fuera remitido al Diario Oficial para su publicación.
 
En él se dan a conocer las reformas de los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución.

Detalla que el sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas el control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y la exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos.
 
Indica también que en las acciones antes mencionadas, la ley establecerá las normas relativas a la administración, organización, funcionamiento, procedimientos de contratación y demás actos jurídicos que celebren las empresas productivas del Estado.
 
En este sentido señala que dicha ley alentará y protegerá la actividad económica que realicen los particulares.

"La explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo Federal", apunta el escrito.
 
Sostene también que el Estado será el encargado de llevar a cabo las actividades de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos mediante asignaciones a empresas estatales productivas o a través de contratos con éstas o con particulares, en los términos de la Ley Reglamentaria.

Asimismo, hace mención del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, cuya Institución Fiduciaria será el banco central y tendrá por objeto recibir, administrar y distribuir los ingresos derivados de las asignaciones y contratos antes mencionados.

El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
 

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