Miles de demandas han sido presentadas en Estados Unidos en contra de redes sociales como TikTok, Youtube, Meta e Instagram, por cientos de familias y jóvenes por el daño que el poder adictivo de sus plataformas causa a su salud mental. El argumento central es que los algoritmos diseñados por estos gigantes tecnológicos conducen a conductas que, en forma incremental, los condicionan al consumo de horas al día de los contenidos que patrocinan. La mayor parte de las demandas están radicadas en una Corte de Los Ángeles, que reúne a más de tres mil demandantes, pero procedimientos similares se han venido sumando por cientos en todo Estados Unidos.
Asumo que el título que da cabeza a esta columna suena estruendoso pero, al revisar la contundente argumentación de las demandas presentadas, y las pruebas que les dan sustento, queda claro que no se trata de una moción iniciada por oportunistas en busca de dinero fácil, sino que es la expresión de parte de una sociedad hastiada de ser explotada por estrategias manipuladoras que sacan ventaja de la personalidad, la ingenuidad y la vulnerabilidad de segmentos amplios de población, explotados impunemente por el poder magnético de las dominantes redes sociales.
Parte del alegato se soporta en la reflexión de que, las empresas que manejan estas redes no solo diseñan conscientemente algoritmos orientados a atrapar la atención permanente de sus clientes, sino que ocultan la información que poseen sobre los efectos nocivos de sus contenidos. Estos juicios recuerdan al de las empresas tabacaleras hace 40 años, que no fueron solo condenadas por enfermar a los consumidores, sino primordialmente por haberles ocultado información del potencial daño que les podrían causar sus productos.
De la misma manera en que Francia y Dinamarca analizan en sus parlamentos prohibir que niños se sigan exponiendo a las pantallas de estas empresas, Australia tomó ya la atrevida decisión de prohibirlas a menores de 16 años. La razón, casos diagnosticados de ansiedad, depresión y suicidio que han sido asociados al consumo adictivo de esos jóvenes a redes sociales. Entre los puntos clave de las demandas, está la petición clave de que cada una de estas plataformas utilice herramientas -que de hecho poseen-, para regular tiempos máximos de consumo a menores de edad.
Para variar, la defensa esencial de las demandadas apela a la libertad de expresión como bien supremo protegido por la ley, y a la ausencia de evidencia dura sobre los supuestos daños que los demandantes alegan, sin embargo, en el fondo de la controversia todos parecemos saber que observar a niños concentrados por horas en una pantalla de modo absorbente, no puede estar bien.
El argumento que tradicionalmente las plataformas de redes sociales han esgrimido, en el sentido de que solo proveen la infraestructura pero que no son responsables de los contenidos que comparten los usuarios parece ya no tener sustento, especialmente ante la certeza de que la manipulación de sus algoritmos es lo que permite “perseguir” a sus usuarios con información a la medida de sus más íntimos deseos y aspiraciones. Lo que pueda suceder en estos juicios es tan grande, que no podemos siquiera anticipar sus efectos.