Estructuras y Estrategias

Infraestructura: Diligencia sí, discrecionalidad no

El decreto que “acelera” las obras de infraestructura mediante el otorgamiento expedito de permisos para la ejecución de la obra pública, opaca el proceso de la ejecución de los proyectos.

Marco Garza, presidente de E y E México

La infraestructura es el elemento detonador del desarrollo y el crecimiento de un país porque a la vez que provee a las empresas y a las familias de servicios importantes como energía, carreteras, ferrocarriles, comunicaciones, servicios hidráulicos, etc., también las inversiones en infraestructura generan una derrama multiplicada que acelera el crecimiento económico nacional y regional.

Cuando el Estado asume el rol de promotor de proyectos de infraestructura, debe sujetarse irrestrictamente a la Ley, cuyo diseño, aún con deficiencias, ha evolucionado en cerrar espacios de discrecionalidad y corrupción en la ejecución de la obra pública y los contratos que están asociados de manera intrínseca al desarrollo de la infraestructura.

Así, los tres niveles de gobierno no tienen alternativa cuando se trata de proyectos de infraestructura, por cuanto deben asegurar que sean socioeconómicamente justificados y rentables, técnicamente factibles, ambientalmente sustentables y jurídicamente viables.

El ciclo de la infraestructura pública debe ejecutarse con diligencia, pero apegados al derecho y a las normas a las que están sujetos el gobierno, las empresas y los ciudadanos.

La ruta normal de un proyecto de infraestructura inicia con la identificación de una necesidad o demanda urgente por resolver a través de una obra en los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, ferroviario, energético, portuario, aeroportuario, etc.

Apelando a la sensatez, la primer tarea tratándose de proyectos de infraestructura, especialmente si se trata de proyectos de gran envergadura, es que la dependencia responsable del proyecto realice estudios de preinversión que brinden información sobre la factibilidad preliminar del proyecto en todos sus componentes: indicadores de rentabilidad, viabilidad técnica, derecho de vía, impacto ambiental, impacto social, afectaciones históricas y arqueológicas, sustento jurídico normativo, etc.

Una vez que el proyecto muestra factibilidad preliminar positiva, es necesario realizar un esfuerzo formidable para construir el expediente del proyecto para que esté listo para recibir recursos fiscales o privados mediante una APP.

Es en esta etapa donde deben realizarse los estudios definitivos del proyecto, como son la determinación de la demanda del proyecto, análisis costo-beneficio, impacto presupuestal, liberación del derecho de vía, impactos sociales, manifestación de impacto ambiental y estudio técnico justificativo y el proyecto ejecutivo, que contiene topografía, geotécnia, mecánica de suelos, hidrología, hidráulica, obras de drenaje, diseño y calculo estructural, diseño de pavimentos y concretos, instalaciones principales y secundarias, diseños arquitectónico, instalaciones de servicio principales y secundarias, electrónica y comunicaciones, entre muchos otros.

Diariamente, este procedimiento normal de consolidación de proyectos de infraestructura tiene un tiempo de maduración que se contrapone con los tiempos de los que dispone el gobierno para su ejecución, especialmente en un país como México, donde la infraestructura se encuentra muy rezagada y donde el desarrollo regional no es equilibrado.

Sin embargo, la normativa para el desarrollo de la infraestructura está plenamente regulada en la mayoría de las dependencias del Gobierno Federal y es tal que confluyen en ella los intereses de los beneficiados y los afectados por las obras de infraestructura.

El proceso normativo de la infraestructura en México trata de asegurar que no se invierta dinero público en ocurrencias, que haya responsabilidad presupuestal y transparencia y que no se deje a los involucrados en el proceso en estado de indefensión, es decir, esto es el Estado de derecho en el sector infraestructura.

Ahora bien, el decreto presidencial que “acelera” las obras de infraestructura mediante el otorgamiento expedito de permisos y licencias para la ejecución de la obra pública y opaca el proceso de la ejecución de los proyectos, con base en arugumentos de interés público, prioridad y seguridad nacional vulnera totalmentte el Estado de derecho en el sector infraestructura.

Mientras más grande sea el proyecto y, por ende, mayor el impacto en los contribuyentes, mayor empeño debe poner el gobierno en apegarse al Estado de derecho, a la transparecia y a la responsabilidad pública y social. Los errores en grandes proyectos tienen un costo altísimo en las finanzas públicas, en el medio ambiente, en los afectados por las obras, pero sobre todo en la credibilidad y capacidad de convocatoria del gobierno.

Esta medida perjudica la confianza y ahuyenta la inversión del sector privado nacional e internacional en el momento en que más necesita el país la inversión. Creo que si lo que quería el gobierno federal era acelerar las obras de infraestructura favoritas, va a generar el efecto contrario por lo discrecional y poco sustentado del decreto desde el punto de vista jurídico; se avecinan inumerables actos jurídicos contrarios al decreto.

Claro, esta oposición jurídica al decreto dará a la administración la oportunidad de justificarse polìticamente con la ciudadania ante la falta de planeación y ejecución de las obras “prioritarias”.

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