Comisionada del Inai

Biometría, privacidad y la CURP con foto

La CURP con foto tendrá valor como medio de identificación personal ante todas las autoridades mexicanas ya sea en el país o en el extranjero.

A través de instrumentos de orientación, el INAI ha referido que los datos biométricos son las propiedades físicas, fisiológicas, de comportamiento o rasgos de la personalidad, atribuibles a una sola persona; dichos datos, en mayor o menor medida, son universales, únicos, permanentes y medibles.

Entre los datos biométricos que refieren a características físicas y fisiológicas se encuentran la huella digital, el rostro (reconocimiento facial), la retina, el iris, la geometría de la mano o de los dedos, la estructura de las venas de la mano, la forma de las orejas, la piel o textura de la superficie dérmica, el ADN, la composición química del olor corporal y el patrón vascular, pulsación cardíaca, entre otros.

Por su parte, entre los datos biométricos que vinculan a las características del comportamiento y los rasgos de la personalidad se encuentran de forma enunciativa, la firma autógrafa, la escritura, la voz, la forma de oprimir un teclado y la forma de caminar.

Lo anterior cobra relevancia ya que, el 25 de septiembre del presente año, las Comisiones Unidas de Gobernación y Estudios Legislativos, Segunda, del Senado de la República, aprobaron el Dictamen de la Iniciativa con proyecto de decreto por el que se abroga la Ley General de Población del 7 de enero de 1974 y se expide la Ley General de Población. Dicha propuesta establece medularmente que el Registro Nacional de Ciudadanos y la expedición de la CURP con foto, son servicios de interés público que presta el Estado, a través de la Secretaría de Gobernación, las y los ciudadanos mexicanos tienen la obligación de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos y obtener CURP con foto. La CURP con foto es un documento oficial de identificación, que hace prueba plena sobre los datos de identidad que contiene en relación con su titular.

La CURP con foto tendrá valor como medio de identificación personal ante todas las autoridades mexicanas ya sea en el país o en el extranjero, y las personas físicas y morales con domicilio en el país. La CURP con foto contendrá los siguientes datos y elementos de identificación: nombre y apellidos; Clave Única de Registro de Población; fotografía del titular; lugar de nacimiento; fecha de nacimiento, firma y huellas dactilares.

De dicha propuesta se identifica una ambivalencia en la porción normativa que señala que “La CURP con foto contendrá cuando menos los siguientes datos y elementos de identificación…”, lo cual, deja abierta la posibilidad de que el responsable trate otros datos biométricos que no están citados en la ley, tales como la retina o el iris, lo que deviene en falta de claridad y proporcionalidad para las finalidades que persigue la identificación; situación que eventualmente podría vulnerar el principio de finalidad establecido en la Ley General de Datos.

Aunado a lo anterior, la iniciativa abre la posibilidad de recolectar cualquiera de los datos biométricos de personas menores de 18 años. Debe tenerse en cuenta que, con estas nuevas atribuciones otorgadas a la Secretaría de Gobernación, se le otorga la facultad de concentrar en una sola dependencia del Poder Ejecutivo, datos personales e información biométrica de la población mexicana, lo que eventualmente daría al responsable la facultad de capacidad de vigilancia biométrica de la población mexicana.

Como corolario, es importante destacar que, es obligación del INAI, garantizar el ejercicio de los derechos ARCO y la protección de los datos personales, así como vigilar la emisión y publicación de actos jurídicos emitidos por las autoridades del Estado, con la finalidad de identificar afectaciones a la privacidad, intimidad y protección de datos personales, para considerar la posibilidad de activar los medios de control constitucional con cuenta, para someter a consideración del Alto Tribunal del País, la constitucionalidad de dichos actos.

La autora es comisionada del INAI.

COLUMNAS ANTERIORES

Neuroderechos, el nuevo horizonte en la protección de datos personales
La privacidad en tiempos de alta demanda turística

Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad de quien firma esta columna de opinión y no necesariamente reflejan la postura editorial de El Financiero.